STSJ Comunidad de Madrid 1268/2015, 30 de Diciembre de 2015

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2015:15196
Número de Recurso636/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1268/2015
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Primera

C/ General Castaños, 1, Planta 2 - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2015/0008478

Procedimiento Ordinario 636/2015 G.C.

Demandante: D. /Dña. Pedro Miguel

PROCURADOR D. /Dña. JOSE JAVIER FREIXA IRUELA

Demandado: DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA NUMERO 1268/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Magistrados:

D. José Arturo Fernández García

D. Fausto Garrido González

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez (En sustitución)

En la Villa de Madrid, a treinta de diciembre de dos mil quince.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 636 de 2015 interpuesto por Pedro Miguel, representado por el Procurador Don José Javier Freixa Iruela y asistido por el Letrado Don Antonio Suárez Valdés González, contra la resolución 27 de mayo de 2015 dictada por el Excmo. Sr. Teniente General de la Guardia Civil que desestimo el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 23 de Julio de 2014 del General Jefe de Personal de la Guardia Civil por la que se desestimó la solicitud de ser destinado al Puesto de Rábade, de la Comandancia de Lugo, en virtud de su condición de víctima del terrorismo. Ha sido parte la Administración General del Estado (Ministerio del Interior), asistida y representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por el Procurador Don José Javier Freixa Iruela en nombre y representación de Pedro Miguel, se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 30 de abril de

2.015 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 3 de julio de 2015 en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando tener por formalizada la demanda contra la Resolución evacuada por silencio administrativo por el Subdirector Genera! de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil, desestimatoria presunta del recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra la resolución evacuada en el mes de julio del 2014 por el General Jefe de Personal, que se viene ampliar contra la Resolución evacuada por el Teniente General Subdirector General de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil, de fecha 27 de mayo de 2015, dictando en su día una sentencia por la que destine al recurrente al Puesto de Rábade, de la Comandancia de Lugo, con iodos los pronunciamientos añadidos, todo ello con condena en costas de la demandada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Sr. Abogado del Estado para que, en representación de la Administración General del Estado (Ministerio del Interior) presentara contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 1 de septiembre de 2.015, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando en su día previos los trámites legales se dictara Sentencia por la que se desestimara el recurso contencioso-administrativo confirmando en todas sus partes la legalidad de la resolución impugnada con expresa imposición de costas.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública ni tramite de conclusiones escritas quedaron las actuaciones conclusas y pendientes de señalamiento para votación y fallo.

QUINTO

Por Acuerdo de 27 de noviembre de 2015 de la Presidenta de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se realizó el llamamiento del Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez en sustitución voluntaria del Magistrado titular de la Sala Ilmo. Sr.

D. Marcial Viñoly Palop siendo aquél designado Ponente de este recurso; señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 10 de diciembre de 2015 a las 10,00 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, en sustitución del Magistrado Ilustrísimo Señor Don Marcial Viñoly Palop

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

E l Procurador Don José Javier Freixa Iruela en nombre y representación de Hipolito interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución 27 de mayo de 2015 dictada por el Excmo. Sr. Teniente General de la Guardia Civil que desestimo el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 23 de Julio de 2014 del General Jefe de Personal de la Guardia Civil por la que se desestimó la solicitud de ser destinado al Puesto de Rábade, de la Comandancia de Lugo, en virtud de su condición de víctima del terrorismo

SEGUNDO

S egún establece el artículo 27 ter del Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto 961/2013, de 5 de diciembre, que establece que la autoridad que corresponda según el artículo 20 de este Reglamento asignará un nuevo destino a los...

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