SAP Zaragoza 5/2016, 5 de Enero de 2016

PonenteMARIA JOSEFA ANGELES GIL CORREDERA
ECLIES:APZ:2016:49
Número de Recurso1313/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución5/2016
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

ZARAGOZA

SENTENCIA : 00005/2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de ZARAGOZA

- Domicilio: CALLE GALO PONTE S/N

Telf: 976208376-77-79-81

Fax: 976208383

Modelo: SE0200

N.I.G.: 50297 43 2 2014 0372700

ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001313 /2015

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ZARAGOZA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000158 /2015

RECURRENTE: Jesús Ángel

Procurador/a: ANDRES ALBAS SUSIN

Letrado/a: CARMEN SANCHEZ HERRERO

SENTENCIA

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ y LÓPEZ DE HIERRO

Dª Mª JOSEFA GIL CORREDERA

D. MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a cinco de enero de dos mil dieciséis.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado número 158/2015, procedentes del Juzgado de lo Penal Número Dos de Zaragoza, Rollo número 1313/2015 seguidas por un delito de robo con violencia, contra Jesús Ángel, representado por el Procurador Andres Albas Susin, y defendido por la letrada Carmen Sánchez Herrero. Es parte acusadora pública el MINISTERIO FISCAL y es Ponente en esta apelación la Ilma. Sra. Dª Mª JOSEFA GIL CORREDERA, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha veintitrés de noviembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que debo CONDENAR y CONDENO a don Jesús Ángel como autor responsable de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y penado en los artículos 237 y 242-1 y 4 del Código Penal, con la agravante de reincidencia del art. 22-8ª del mismo cuerpo legal, a la pena de UN AÑO Y NUEVE MESES de Prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena .

Se impone al acusado el pago de las costas.

Abónese el tiempo de privación de libertad sufrido por el condenado a resultas de esta causa.

Asimismo, debo CONDENAR y CONDENO al acusado a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a don Arturo en la cantidad de 790 €, más el interés legal oportuno del art. 576 L.E.C ".

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: "HECHOS PROBADOS.-Queda probado y así se declara que sobre las 13:00 horas del día 19 de agosto de 2014, el acusado don Jesús Ángel, actuando con la finalidad de obtener un ilícito beneficio económico y de común acuerdo con un menor de edad puesto a disposición de la Fiscalía de Menores, se acercó al parking existente junto al Puente de Santiago de esta ciudad, donde el denunciante don Arturo había dejado perfectamente estacionada su caravana en cuya parte trasera portaba, debidamente sujetas a unsoporte por cuatro candados, dos bicicletas de montaña, una de marca "Cube" valorada en 450 € y otra de la marca "KTM" peritada en 750 €, de modo que tras cortar con una cizalla los referidos candados, tasados en 40 €, cada uno de los jóvenes cogió una bicicleta para llevársela. Apareció en ese momento el dueño que se identificó como tal y les recriminó su conducta, logrando retener al menor el cual hizo entrega de la bici "Cube" que había cogido. Pero cuando fue a interceptar al acusado éste empujó al Sr. Arturo para impedirlo y logró huir con la bici "KTM", que no ha podido ser recuperada.

El acusado, además de una condena por delito de conducción bajo los efectos del alcohol, ha sido ejecutoriamente condenado en las siguientes sentencias: a) por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Zaragoza, sentencia firme de 5 de noviembre de 2012, Ejecutoria nº 365/2012, delito de robo con violencia cometido el 20/10/2012; b) por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Zaragoza, sentencia firme de 8 de mayo de 2014, PA nº 148/2013, delito de robo con violencia cometido el 5710/2012 ; c) Por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Zaragoza, sentencia firme de 7 de octubre de 2014, Ejecutoria nº 349/2014, delito de hurto cometido el 26/10/2012; d) por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Zaragoza, sentencia firme de 15 de octubre de 2014, PA nº 354/2013, delitos de receptación, resistencia y lesiones cometidos el 19/1/2013".

TERCERO

Por el Procurador Andres Albas Susin, en representación de Jesús Ángel se interpuso recurso de apelación contra la sentencia referida expresando como motivos de los recursos los que señala en su escrito, y admitido en ambos efectos se dio traslado, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, se nombró Ponente a la Magistrada...

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