SAP Madrid 4/2016, 11 de Enero de 2016

PonenteANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS
ECLIES:APM:2016:237
Número de Recurso1094/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución4/2016
Fecha de Resolución11 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 7 - 28035

Teléfono: 914934582,914933800

Fax: 914934584

GRUPO DE TRABAJO 3 S

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0019774

251658240

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1094/2015

Origen :Juzgado de lo Penal nº 05 de Móstoles

Procedimiento Abreviado 1519/2011

Apelante: D. /Dña. Cecilio

Procurador D. /Dña. ANA MARIA DEL OLMO GOMEZ

Letrado D. /Dña. FERNANDO MARIA RUBIO FERREIRO

Apelado: D. /Dña. Fidel, D. /Dña. Laureano y D. /Dña. Raúl y D. /Dña. MINISTERIO FISCAL

Procurador D. /Dña. YOLANDA DEL AMO MARTIN

Letrado D. /Dña. ANGEL MENCHEN FERNANDEZ

SENTENCIA Nº 4/16

Ilmos/as Sres/as de la Sección Decimoquinta

PRESIDENTA: DÑA PILAR DE PRADA BENGOA

MAGISTRADA: DÑA ANA REVUELTA IGLESIAS ( ponente)

MAGISTRADO: D. LUIS PELLUZ ROBLES

En Madrid, a 11 de enero de 2016.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña Ana del Olmo Gómez en representación de Cecilio contra la sentencia dictada por la Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 5 de Móstoles el 15 de abril de 2015, en la causa arriba referenciada. En la que es parte apelada el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

ANTECEDENTES PROCESALES

PRIMERO

El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: El día 16 de agosto de 2011, sobre las 17:15 horas, el acusado Cecilio, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, cuando se encontraba en la estación de Metro parque Lisboa de Alcorcón, accedió a su interior sin abonar el precio del billete, saltando los tornos, por lo que fue requerido por los vigilantes de seguridad de la estación para que abonase el billete, negándose el acusado, que golpeó a los vigilantes de seguridad, con ánimo de menoscabar su integridad física, cuando estos trataban de impedir que abandonara la estación. Así el acusado golpeó al inspector de la estación Laureano

, empujándole y dándole dos puñetazos, uno de los cuales le impactó en las gafas graduadas, rompiéndolas, y en la ceja izquierda, causándole lesiones consistentes en herida inciso contusa en dicha ceja, que requirió para su sanidad tratamiento quirúrgico consistente en sutura de la herida y posterior retirada de los puntos, tardando en curar diez días impeditivos, quedándole como secuela una cicatriz lineal de un centímetros.

El acusado mordió al vigilante Fidel, causándole lesión consistente en erosión en falange del tercer dedo de la mano derecha, que no precisó para su sanidad tratamiento médico distinto de la primera asistencia y de las que tardó en curar siete días no impeditivos.

El acusado, con el mismo ánimo, dio una patada a Raúl, que acudió en auxilio de sus compañeros, en la pierna derecha, causándole lesión consistente en afección de ligamentos del tobillo derecho, que no precisó para su sanidad tratamiento médico distinto de la primera asistencia y de las que tardó en curar siete días impeditivos.

Y el FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado Cecilio, ya circunstanciado, como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones y de dos falas de lesiones, ya definidas, con la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito, y un mes de multa con una cuota diaria de seis euros por cada una de las faltas, a que indemnice a Laureano en la cantidad de 2.380 euros, a Raúl en la cantidad total de 700 euros, y a Fidel en la cantidad de 350 euros, cantidades que desde la notificación de la sentencia al condenado hasta su completo pago se incrementarán con el interés legal del dinero más dos puntos, y al pago de las costas de este procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

SEGUNDO

La representación procesal del acusado interesó que se anulara la sentencia por la indefensión causada y se celebrara un nuevo juicio con celebración de la prueba testifical propuesta que consistía en la declaración de su novia Estefanía . Alternativamente solicito que se revocara la condena en costas de la acusación particular, así como se opuso a las cuantías indemnizatorias.

TERCERO

El Ministerio Fiscal se opuso a la estimación del recurso

HECHOS PROBADOS

Por la naturaleza de...

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