AAP Cantabria 6/2016, 7 de Enero de 2016
Ponente | AGUSTIN ALONSO ROCA |
ECLI | ES:APS:2016:16A |
Número de Recurso | 3/2015 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO SUMARIO ORDINARIO |
Número de Resolución | 6/2016 |
Fecha de Resolución | 7 de Enero de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 3ª |
A U T O Nº: 6 / 2016.
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ILMOS. SRES.
Presidente :
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Agustin Alonso Roca.
Magistradas :
Dª PAZ ALDECOA ÁLVAREZ SANTULLANO.
Dª MARÍA ALMUDENA CONGIL DÍEZ.
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En SANTANDER, a siete de Enero de dos mil dieciséis. HECHOS
UNICO : En el presente Sumario Ordinario Nº 3/2015, concluido con el procesamiento de D. Indalecio, comparecidas todas las partes emplazadas, se dio traslado de la causa para instrucción a las mismas, con el siguiente resultado:
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El MINISTERIO FISCAL solicitó, de conformidad con lo establecido en el artículo 760 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la adecuación del procedimiento a los trámites del Procedimiento Abreviado, al entender que de los hechos instruidos se desprende que los mismos podrían constituir un delito de abuso sexual de menor del artículo 183.1 del Código Penal, castigado con pena de dos a seis años de prisión, sin que sea de aplicación la agravación prevista en el artículo 183.1 y 3, al considerar que no se ha acreditado el acceso carnal por vía bucal.
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La Procuradora Sra. De la Lastra Olano, en representación de D. Indalecio, se dio por instruida de la causa y solicitó el sobreseimiento y archivo de la misma, citando el artículo 779.1, regla 1ª, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .
UNICO : El artículo 627 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su párrafo tercero, dice que, una vez conferido el traslado del Sumario para instrucción a todas las partes emplazadas y comparecidas en la Audiencia Provincial, y devuelta la causa al Secretario, las partes personadas acompañarán " escrito conformándose con el auto del inferior que haya declarado terminado el sumario, o pidiendo la práctica de nuevas diligencias". El artículo 630 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que el Tribunal dictará auto, confirmando o revocando el del Juez de Instrucción -se entiende que el Auto declarando terminado el Sumario-.
En el presente caso, el Ministerio Fiscal, única acusación constituida, solicita la transformación de procedimiento de Sumario Ordinario en Procedimiento Abreviado, al entender que si bien de lo actuado se desprende indiciariamente la presunta comisión de un delito de abuso sexual a menor de 13 años, tipificado en el artículo 183.1 del Código Penal, castigado con pena de prisión de dos a seis años, sin embargo no aparece indiciariamente acreditado que se produjera acceso carnal por vía bucal,...
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