ATS, 2 de Marzo de 2016

PonenteANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO
ECLIES:TS:2016:1270A
Número de Recurso3339/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Marzo de dos mil dieciséis.

HECHOS

  1. - La representación procesal de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. presentó el 27 de octubre de 2015 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, con fecha 24 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (sección 6ª), en el rollo de apelación nº 5764/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 856/2014 del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Sevilla.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 30 de octubre de 2015, la Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos, remitiéndose las actuaciones al Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a las partes.

  3. - El procurador D. Manuel Sánchez-Puelles González Carvajal, en nombre y representación de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN S.A. presentó escrito ante esta Sala el día 12 de noviembre de 2015, personándose en concepto de recurrente. La parte recurrida D. Marino no ha comparecido ante esta Sala. Es parte el Ministerio Fiscal.

  4. - La parte recurrente constituyó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación e infracción procesal interpuestos por la representación procesal de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - Entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS , formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. contra la sentencia dictada, con fecha 24 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (sección 6ª), en el rollo de apelación nº 5764/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 856/2014 del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Sevilla.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al Ministerio Fiscal, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS , formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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