SAP Madrid 19/2009, 27 de Enero de 2009

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2009:1746
Número de Recurso658/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución19/2009
Fecha de Resolución27 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00019/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91-4933835/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10

N.I.G. 28000 1 7036882 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 658 /2007

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 838 /2003

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 44 de MADRID

De: Eulalia

Procurador: MARIA SOLEDAD CASTAÑEDA GONZALEZ

Contra:

Procurador:

Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veintisiete de enero de dos mil nueve. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados

expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Dña. Eulalia, y de otra, como demandado-apelado Comerciantes del Mercado de San Isidro y Mapfre Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A..

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 44, de Madrid, en fecha 28 de marzo de 2007, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Soledad Castañeda González en nombre y representación de "Comerciantes Mercado de San Isidro S.L." Y CONTRA LA ENTIDAD "Mapfre Seguros Generales S.A." representadas por el procurador Don Federico Ruipérez Palomino y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a estos últimos de todas las pretensiones formuladas en su contra, imponiendo a la parte actora las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha cuatro de octubre de 2007, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintiuno de enero de dos mil nueve.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.

SEGUNDO

Por la Procuradora doña Soledad Castañeda González, en nombre y representación de doña Eulalia, se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia nº 44 de los de Madrid, que desestimó la demanda presentada por aquella contra Mercado de San Isidro y la entidad aseguradora Mapfre Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. frente a los que interesaba que se las condenase a pagar la cantidad que se fijase en ejecución de sentencia, más los intereses moratorios correspondientes, basando su pretensión en las lesiones y secuelas padecidas por la actora como consecuencia de su caída, sobre las 9:30 horas del día 17 de noviembre de 2001 cuando caminaba entre los puestos 36 y 37 del mercado y resbaló a consecuencia de encontrarse el suelo mojado de agua y sangre de las vísceras y demás desechos de los puestos. Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de primera instancia comete error en la valoración e interpretación de la acción ejercitada con...

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