STSJ Cataluña 120/2006, 9 de Febrero de 2006

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2006:12544
Número de Recurso423/2002
Número de Resolución120/2006
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA núm. 120

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler

Dª María del Pilar Martín Coscolla

D. Manuel Táboas Bentanachs

Barcelona, a nueve de febrero del año dos mil seis.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo, seguido entre partes: como

parte demandante, DON Germán , representada por el procurador/a Don/Doña

ANGEL JOANIQUET IBARS; como parte demandada, la Generalitat de Catalunya, representada y

defendida por Letrado/a de la Generalitat.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de 22.2.2002 que declara inadmisible por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto por DON Germán contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Barcelona de

    19.9.2001, por el que se aprobó definitivamente el Texto Refundido de la Revisión del Plan General de Ordenación de El Masnou.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.3.- Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  3. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 1.2.2006.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto las pretensiones de la actora de:

-que se anule la Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de 22.2.2002 que declara inadmisible por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto por DON Germán contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Barcelona de 19.9.2001, por el que se aprobó definitivamente el Texto Refundido de la Revisión del Plan General de Ordenación de El Masnou;

-que se anule dicho Acuerdo de 19.9.2001, en su concreto extremo de la delimitación poligonal de los sectores: Plan Especial de Reforma Interior 1, L'Industrial Estampadora, Plan Especial del Carrer Tiana, y Plan Especial de Reforma Interior 3, l'Estació del Masnou;

-y que se acuerde como situación jurídica, la delimitación del Plan Especial de Reforma Interior 1 L'Industrial Estampadora, según resultó de la aprobación inicial, a ejecutar por el sistema de cooperación.

Las Administraciones demandadas instan la desestimación del recurso contencioso-administrativo en base a la extemporaneidad del recurso de alzada apreciada en el acto aquí recurrido.

En efecto, el recurso de alzada interpuesto por la aquí demandante contra el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Barcelona de aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación fue resuelto por la Administración demandada en el sentido de declararlo inadmisible.

La actora sostiene que el recurso de alzada fue interpuesto el 4.1.2002, antes de que hubiese transcurrido el plazo de un mes (artículo 115 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) desde el día 4.12.2001, fecha en la que el Ayuntamiento de El Masnou comunicó a la aquí demandante el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Barcelona de aprobación definitiva del Texto Refundido de la Revisión del Plan General de Ordenación.

Además de la expresada notificación y de la anterior comparecencia del aquí demandante en el procedimiento administrativo mediante la formulación de escrito de alegaciones, el aquí demandante aduce derechos que pueden resultar afectados por la aprobación de la Revisión del Plan General de Ordenación de autos. Por ello concurre el supuesto del artículo 31 .1.b) de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, quedando acreditado el carácter de interesado en el...

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