STSJ Cataluña 12/2009, 14 de Mayo de 2009

PonenteJOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU
ECLIES:TSJCAT:2009:2188
Número de Recurso9/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución12/2009
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Civil y Penal

SENTENCIA N Ú M. 12

Excma. Sra. Presidenta:

Dª.Mª Eugènia Alegret Burgués

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. José Francisco Valls Gombau

  2. Carlos Ramos Rubio

En Barcelona, a 14 de mayo de 2009.

Visto por la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, integrada por los Magistrados al margen expresados, el recurso de apelación interpuesto por Eulalia contra la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2008 por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Barcelona, recaída en el Procedimiento núm. 10/08 del indicado Tribunal del Jurado, derivado de la Causa de Jurado núm. 2/07 del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Terrassa. La referida apelante ha sido defendida por la letrada Dª Maria Milagros Reina Benedicto y ha sido representada por el procurador D. José Manuel Luque Toro.

Ha sido parte apelada en el presente rollo el Ministerio Fiscal.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El día 17 de diciembre de 2008, en la causa antes referenciada, recayó Sentencia cuyos hechos probados rezaban :

" Conforme al veredicto alcanzado por el Jurado, se declara probado que la acusada Eulalia , mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 14.10 horas del día 8 de septiembre de 2006, se dirigió a una zona boscosa próxima a la casa en que residía, donde prendió fuego en dos focos distintos, separados entre sí unos cinco metros, ocasionando un pequeño incendio, de unos 110 metros cuadrados, en la finca " DIRECCION000 ", de la que la familia que la familia era arrendataria, sita en el término municipal de Matadepera (Vallès Occidental) y dentro del Parque Natural de Sant Llorenç de Munt i Serra de l'Obac, que produjo daños inapreciables".

La sentencia contenía la siguiente parte dispositiva:

" Que debo de CONDENAR y CONDENAMOS a la acusada Eulalia como autora penalmente responsable de un delito de incendio forestal sin propagación, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a las penas de UN AÑO DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA DE DOCE (12) MESES, con una cuota diaria de SEIS (6)EUROS , y una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como al pago de las costas del proceso".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución, la representación procesal de Dª. Eulalia interpuso en tiempo y forma el presente recurso de apelación, que se ha sustanciado en este Tribunal de acuerdo con los preceptos legales, habiéndose señalado para la vista de la alzada el día 30 de abril de 2009 , a las 10.30 horas de su mañana, fecha en la que ha tenido lugar con el resultado que es de ver en la diligencia extendida al efecto unida a las presentes actuaciones.

Ha actuado como Ponente el Magistrado de esta Sala Ilmo. Sr. D. José Francisco Valls Gombau.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación deducido contra la sentencia dictada en el procedimiento del tribunal de jurado 10/2008 , se fundamenta en un único motivo basado en la infracción del art. 846 bis c) apartado e LECrim por vulneración del principio de presunción toda vez, según se afirma en el escrito de recurso de apelación y reprodujo en el acto de juicio oral que " ... a la vista de la prueba practicada .... la

condena obtenida carece de toda base razonable existiendo la duda mínima exigible para que se tenga en cuenta el principio in dubio pro reo". Y para ello se parte de que el Jurado ha realizado una valoración parcial de las declaraciones testificales de los agentes forestales y la del Sr. Juan Luis así como la imposibilidad que la Sra. Eulalia accediera al lugar de los hechos en que se produjo el incendio por la vía indicada dado lo avanzado de su edad y estado de salud.

SEGUNDO

La alegación de la contravención a la presunción de...

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