STSJ País Vasco 473/2002, 2 de Mayo de 2002

PonenteLUIS ANGEL GARRIDO BENGOECHEA
ECLIES:TSJPV:2002:2293
Número de Recurso2778/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución473/2002
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 473/2002

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA

DON JOSE FELIX MARTIN CORREDERA

En la Villa de BILBAO, a dos de mayo de dos mil dos.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2778/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: resolución de 21 de abril de 1.998 del Ayuntamiento de San Sebastián por la que se otorga licencia de obra para la remodelación de los mercados de la Bretxa y Pescadería y plazoleta intermedia para conversión en centro comercial.

Son partes en dicho recurso: como recurrente SOCIEDAD ANONIMA DEPORTES Y ESPECTACULOS, representado por la Procurador CRISTINA DE INSAUSTI MONTALVO y dirigido por el Letrado SR. OLAVERRI.

Como demandada AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIAN, representado por el Procurador GERMAN APALATEGUI CARASA y dirigido por Letrado.

Como codemandado CENTRO COMERCIAL LA BRETXA 2000 SA representado por el Procurador PEDRO CARNICERO SANTIAGO y dirigido por Letrado

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS ANGEL GARRIDO BENGOETXEA

DE HECHO

PRIMERO

El día 25 de junio de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª. CRISTINA DEINSAUSTI MONTALVO actuando en nombre y representación de SOCIEDAD ANONIMA DE DEPORTES Y ESPECTÁCULOS, interpuso recurso contencioso-administrativo contra resolución de 21 de abril de 1.998 del Ayuntamiento de San Sebastián por la que se otorga licencia de obra para la remodelación de los mercados de la Bretxa y Pescadería y plazoleta intermedia para conversión en centro comercial; quedando registrado dicho recurso con el número 2778/98.

El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada

SEGUNDO

En el escrito de demanda , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare:

  1. La nulidad de licencia otorgada por el Ayuntamiento de San Sebastián el día 21 de abril de 1.998 y referida al Centro Comercial de la Bretxa y en consecuencia la necesidad de restituir la legalidad urbanística, destruyendo todo aquello que haya sido considerado como contrario a la normativa vigente.

  2. El derecho de la empresa SADE a ser indemnizado por los daños y perjuicios producidos por la puesta en marcha del Multicine la Bretxa, tanto bajo la forma de lucro cesante como daños asociados a la pérdida de rentabilidad del actual negocio causados por la pérdida de cuota de mercado producida por la apertura del nuevo Multicine la Bretxa, cuya cantificación se evaluará en el procedimiento de ejecución de sentencia con base a los parámetros expuestos en la demanda.

Con imposición de costas a la demandada.

TERCERO

En el escrito de contestación de los demandados, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto. Subsidiariamente, se desestime el recurso deducido y confirmando la resolución impugnada por ser conforme a Derecho.

Con expresa imposición de costas a la actora.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 11/04/02 se señaló el pasado día 16/04/02 para la votación y fallo del presente recurso.

SÉPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por la "Sociedad Anónima de Deportes y Espectáculos" se recurre en vía contencioso administrativa la resolución de 21 de abril de 1.998 del Ayuntamiento de San Sebastián por la que se otorga licencia de obra para la remodelación de los mercados de la Bretxa y Pescadería y plazoleta intermedia para conversión en centro comercial.

La demanda se basa en alegar que es ilegal el aumento de volumen edificado, que también lo es el aumento del aprovechamiento edificativo en Pescadería, que el cierre de las ventanas de Pescadería es ilegal, que no es conforme a derecho la autorización para rasgar los vanos centrales, que se incumple la obligación de respetar las cotas de las ventanas y que es ilegal el edificio construido en la plazoleta.

Por su parte, tanto el Ayuntamiento de San Sebastián como la parte codemandada, contestan a la demanda defendiendo la conformidad a derecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Que la primera cuestión que ha de ser analizada se refiere a la causa de inadmisibilidad a la que se refieren tanto el Ayuntamiento demandado como la parte codemandada relativa a que la parte demandante carece de la legitimación activa, dado que dice ejercer la acción pública urbanística, pero su objetivo no es la defensa de la legalidad urbanística sino impedir que en el edificio "Pescadería" objeto de autos se exploten color de cine que hacen competencia a su actividad, configurándose en demanda comoun abuso de derecho.

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