STSJ Andalucía , 20 de Marzo de 2003
Ponente | ANDRES JAVIER GUTIERREZ GIL |
ECLI | ES:TSJAND:2003:4628 |
Número de Recurso | 2815/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Iltmo. Sr. Presidente:
D. RAFAEL OSUNA OSTOS
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. RUPERTO MARTÍNEZ MORALES
D. ANDRÉS GUTIÉRREZ GIL
En Sevilla, a veinte de marzo de dos mil tres.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla el presente recurso contencioso- administrativo n° 2815/98, interpuesto por la Asociación de Consumidores Sol Andaluz contra Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla de 26 de noviembre de 1998.
La Asociación de Consumidores Sol Andaluz, representada por el Procurador Don José Joaquín Moreno Gutiérrez y defendida por la Letrada Doña María del Carmen Rivero García, ambos designados por turno de oficio, interpone recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla de 26 de noviembre de 1998 por la que se desestima la solicitud de anulación de los servicios privados de vigilancia de la sede de la Diputación Provincial y demás edificios públicos de dicha institución, a fin de que tal función sea desempeñada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Conferido traslado de la demanda a la Administración, ha comparecido por medio de Letrado de sus Servicios Jurídicos, habiendo presentado escrito de contestación solicitando de la Sala la desestimación del recurso.
Por Auto de 20 de octubre de 2.002 se acordó no recibir el procedimiento a prueba.
Por providencia de 15 de marzo de 2.002 se dio traslado a las partes para que a los efectos del art. 65.2 de la Ley Jurisdiccional alegaran en plazo de diez días acerca de la legitimación de la parte actora.
La cuantía del recurso es indeterminada.
Conclusas las actuaciones, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ANDRÉS GUTIÉRREZ GIL, quien expresa el parecer de la Sala.
La Asociación de Consumidores Sol Andaluz interpone recurso contenciosoadministrativo contra la Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla de 26 de noviembre de 1998 por la que se desestima su solicitud de anulación de los servicios privados de vigilancia de la sede de la Diputación Provincial y demás edificios de que es titular, por entender que tal función debe ser desempeñada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
La Sala, por providencia de 15 de marzo de 2.002 acordó dar traslado a las partes para que a los efectos del art. 65.2 de la Ley Jurisdiccional alegaran en plazo de diez días acerca de la legitimación de la parte actora. Aun cuando, a la vista de los Estatutos de la Asociación recurrente, y en particular de su artículo 2°, que recoge sus fines propios, pudiera apreciarse una falta de legitimación activa de la Asociación recurrente, lo cierto es que la Administración no negó tal legitimación en el procedimiento administrativo, por lo que, según reiterada. jurisprudencia, no cabe ahora negársela en la vía jurisdiccional (SSTS 24 de octubre de 1977, 26 de septiembre de 1980, 24 de noviembre de 1981, 2 de febrero de 1983, 17 de mayo de 1983, 4 de junio de 1984, 26 de junio de 1984. 20 de octubre de 1984, 20 de mayo de 1985, 3 de julio de 1985, 13 de diciembre de 1986, 28 de febrero de 1987, 2 de julio de 1994 y 08 de abril de 1999, entre otras).
También con carácter previo debe desestimarse la causa de inadmisibilidad invocada por la Administración demandada, que rechaza el reconocimiento a la Asociación demandante del derecho de asistencia jurídica gratuita con posterior nombramiento de...
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