STSJ Andalucía 2364/2004, 18 de Noviembre de 2004

PonenteMARIA CRISTINA GIMENEZ MORENO
ECLIES:TSJAND:2004:5061
Número de Recurso584/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2364/2004
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación interpuesto por Marcelino , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Málaga, ha sido ponente la Iltma. Sra. Dª. MARIA CRISTINA GIMENEZ MORENO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Marcelino , sobre CANTIDAD, siendo demandado AXIMA SISTEMAS E INSTALACIONES S.A y INTEGRA MGSI S.A, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 24-11-03 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor don Marcelino , mayor de edad, viene prestado sus servicios en tareas de mantenimiento de los sistemas de aire acondicionado del Aeropuerto de Málaga desde el 1 de febrero de 1993, con la categoría profesional de encargado.

  2. - El 2 de mayo de 2002 en razón del nuevo expediente adjudicado a la empresa Axima Sistemas e Instalaciones S.A, se amplió la prestación de servicios al mantenimiento de pozos fecales, depuradora de residuos sólidos y planta de osmosis, con utilización de productos tóxicos y peligrosos (ácido clorhídrico, hiposulfito, etc.).3º.- La empresa Axima como consecuencia de los nuevos trabajos, abona el plus de penosidad y toxicidad a razón del 20% del salario base más antigüedad a los oficiales de mantenimiento.

  3. - Que el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad no se está abonando a los dos encargados y al ingeniero técnico que prestan sus servicios en el mantenimiento de los sistemas de aire acondicionado del Aeropuerto.

  4. - La ampliación de funciones abarca a las siguientes zonas de trabajo: Edar norte, Edar sur, Edar parque bomberos, plantas potabilizadoras torre y bomberos, planta de osmosis, pozo fecales Norte, pozo fecales sur y pozo fecales taxi.

  5. - El actor realiza en los citados lugares tareas de supervisión, colaboración y ayuda a los demás empleados a diario y también realiza funciones de oficina.

  6. - Los trabajadores cesaron en la empresa Axima S.A el 27 de junio de 2003, quedando subrogados con la empresa Integra MAGSI S.A que les reconoce la misma categoría y antigüedad.

  7. - El actor reclama la suma de 2446,80 euros en concepto de plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos del período 1 de mayo de 2002 a 30 de abril de 2003.

  8. - Resulta de aplicación el convenio colectivo de industrias siderometarúrgica de la provincia de Málaga.

  9. - El día 12 de junio de 2003 tuvo lugar en el CMAC acto de conciliación celebrado en virtud de demanda de 30 de mayo de 2003.

  10. - La demanda se presentó el 20 de junio de 2003.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandante recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario por la demandada AXIMA SISTEMAS E INSTALACIONES S.A. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

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