STSJ País Vasco 2106/2015, 10 de Noviembre de 2015

PonenteMANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR
ECLIES:TSJPV:2015:3577
Número de Recurso1746/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2106/2015
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 1746/2015

SENTENCIA Nº: 2106/2015

N.I.G. P.V. 01.02.4-14/003788

N.I.G. CGPJ 01.023.44.2-0140/003788

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 10 de Noviembre de 2015.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GARATE y D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Bartolomé, Ceferino, Darío, Enrique, Feliciano

, Gervasio, Imanol, Jon, Marcelino, Onesimo, Rodolfo, Segundo, Victorio, Carlos Manuel

, Jesús Luis, Pedro Miguel, Alexis y Augusto contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 4 de los de VITORIA-GASTEIZ de fecha 29 de Mayo de 2015, dictada en proceso sobre RPC., y entablado por Bartolomé, Ceferino, Darío, Enrique, Feliciano, Gervasio, Imanol, Jon, Marcelino, Onesimo

, Rodolfo, Segundo, Victorio, Carlos Manuel, Jesús Luis, Pedro Miguel, Alexis y Augusto frente a FERROVIAL SERVICIOS S.A., PROSEGUR COMPAÑOIA DE SEGURIDAD S.A, ESC SERVICIOS GENERALES SL y MERCEDES-BENZ ESPAÑA S.A. .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- Los actores han venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A ( en adelante SERVIMAX, con las siguientes antigüedades, categoría profesional y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras:

Bartolomé, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 1 de Diciembre de 2001 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 62,89 Euros.

Ceferino, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 11 de Enero de 2004 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 62,50 Euros. Darío, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 18 de Marzo de 2008 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 65,40 Euros.

Enrique, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 19 de Junio de 2002 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 64,77 Euros.

Feliciano, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 1 de Julio de 2011 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 58,71 Euros.

Gervasio, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 19 de Diciembre de 2006 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 64,68 Euros.

Pedro Miguel, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 1 de Octubre de 2010 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 55,45 Euros.

Alexis, con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 1 de Marzo de 2001 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 73,19 Euros .

Augusto con categoría profesional grupo profesional 5 antigüedad de 11 de Enero de 2010 y salario diario bruto con inclusión de parte proporcional de pagas extras 58,33 Euros.

SEGUNDO

La prestación de servicios de los actores se ha venido llevando a cabo en las instalaciones de la empresa MERCEDES BENZ ESPAÑA S.A ( en adelante MERCEDES).

TERCERO

La empresa SERVIMAX tiene como objeto social entre otros el servicio de prevención y lucha contra incendios en general en montes, bosques, fincas rústicas, viviendas e instalaciones industriales y urbanas habiendo pasado a denominarse ESC SERVICIOS GENERALES S.L a partir del 22 de Diciembre de 2014 habiéndose otorgado escritura de fusión por absorción por la entidad ESC Servicios generales S.L.U como sociedad absorbente y por la entidad SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A como sociedad absorbida.

La empresa SERVIMAX pertenece al grupo PROSEGUR.

CUARTO

A las relaciones laborales vigentes en la empresa SERVIMAX les resulta de aplicación el Convenio Colectivo de SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A publicado en el BOE de fecha 10 de Julio de 2003.

QUINTO

Con fecha 22 de Octubre de 2013 por parte de MERCEDES y SERVIMAX se había suscrito un contrato en virtud del cuál MERCEDES contrataba con SERVIMAX la prestación de los servicios de actuación y prevención contra incendios, emergencias y salvamento en la fábrica de MERCEDES sita en Vitoria para el año 2014.

En cuanto al objeto de dicho contrato el mismo era la prestación de los servicios detallados en las especificaciones técnicas del cuaderno de cargas del contrato, así como la revisión de instalaciones de PCI ( PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS), salvamento y emergencias, ( químicas, rescate en altura, espacios confinados etc..) evacuación de heridos o cualquier otra actividad asociada al servicio de bomberos, formando parte sustancial del mismo a todos los efecto. En el contrato se indicaba que dualquier modificación o reajuste del cuaderno de cargas referido, bien en tiempo de realización, preciso de servicio o cualquier otro extremo del mismo, requerirá para su aplicación el consenso de ambas partes habiéndose señalado en el contrato que se anexará debidamente al contrato.

Una copia del contrato y del cuaderno de cargas obra a los folios 3012 a 3035 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

35 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

SEXTO

La prestación de servicios contratada por parte de MERCEDES a SERVIMAX se llevaba a cabo 365 días al año 24 horas al día. Los actores prestaban servicios en dos turnos siendo el horario de 7.00 a 19.00 y de 19.00 a 7.00 horas.

SÉPTIMO

Por parte de la empresa SERVIMAX se confeccionaba la operativa para el servicio de bomberos fijándose en el mismo las funciones de En la actividad de mantenimiento los actores se encargaban de prestar el servicio de mantenimiento de las instalaciones contra incendios dela fábrica de MERCEDES realizando el mantenimiento preventivo, conductivo y correctivo.

Una copia de la operativa de servicio realizada por SERVIMAX obra a los folios 3132 a 3183 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

OCTAVO

Con fecha 1 de Octubre de 2011 por parte de MERCEDES se había suscrito un contrato de arrendamiento de servicios con la empresa FERROVIAL SERVICIOS S.A para el servicio de mantenimiento de instalaciones generales.

Dentro de dicho contrato uno de los trabajos contratados eran los del servicio de mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios de la factoría MERCEDES BENZ ESPAÑA S.A en Vitoria habiéndose procedido por parte de FERROVIAL SERVICIOS S.A a subcontratar a la empresa PROSEGUR

S.A para la realización del servicio de mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios de la factoría MERCESDE BENZ ESPAÑA S.A .

Una copia del contrato suscrito entre FERROVIAL y MERCEDES y entre FERROVIAL y PROSEGUR obra a los folios 3054 a 3125 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

NOVENO

La prestación de servicios de los actores mientras ha estado vigente la relación laboral se ha llevado a cabo en las instalaciones de MERCEDES estando los mismos ubicados físicamente en un pabellón específico, en concreto en el edificio Nº 141. En dicho edificio también se encuentra ubicado físicamente el puesto del Sr Norberto, trabajador éste de MERCEDES que supervisaba el trabajo de los actores y que presta servicios de Lunes a Viernes de 7.00 a 15.00 horas.

DÉCIMO

Dentro del personal de SERVIMAX había designados jefes de turno por parte de la empresa SERVIMAX que eran quienes daban las órdenes de carácter ordinario. En concreto tenían la condición de jefes de turno, los demandantes Ceferino, Darío, Enrique, Gervasio y Alexis .

Asimismo venía y viene prestando servicios en las instalaciones de MERCEDES D. Carlos Francisco que lo hace por cuenta de PROSEGUR y que era el coordinador de servicios de Seguridad/ Vigilancia, Bomberos y Tecnología de PROSEGUR. El puesto del citado Sr. Carlos Francisco está ubicado físicamente en un pabellón diferente al de los actores.

UNDÉCIMO

En concreto con fecha 18 de Junio de 2012 por parte de D. Desiderio, jefe de servicios de la empresa PROSEGUR se comunicó al personal operativo de MERCEDES que desde el día 1 de Junio de 2012 D. Carlos Francisco pasaba a ser el coordinador de servicios, siendo el mismo el encargado de coordinar todas las empresas del grupo PROSEGUR en MERCEDES.

DUODECIMO

Mientras ha estado vigente el contrato suscrito entre SERVIMAX y MERCEDES por parte de los actores se solicitaba la aprobación de las horas sindicales a la empresa SERVIMAX a través de D. Carlos Francisco coordinador de servicios de Seguridad/ Vigilancia, Bomberos y Tecnología de PROSEGUR y de D. Desiderio, jefe de servicio de PROSEGUR.

DECIMOTERCERO

Mientras ha estado vigente el contrato suscrito entre SERVIMAX y MERCEDES por parte de los actores se gestionaban las solicitudes de permisos retribuidos con la empresa SERVIMAX a través de D. Carlos Francisco coordinador de servicios de Seguridad/ Vigilancia, Bomberos y Tecnología de PROSEGUR y de D. Desiderio, jefe de servicio de PROSEGUR,...

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