SAP Las Palmas 425/2015, 22 de Octubre de 2015

PonenteCARLOS AUGUSTO GARCIA VAN ISSCHOT
ECLIES:APGC:2015:2247
Número de Recurso48/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIÓN
Número de Resolución425/2015
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

? SECCIÓN QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

C/ Málaga nº2 (Torre 3 - Planta 5ª)

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 42 99 15

Fax.: 928 42 97 75

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000048/2014

NIG: 3501642120120005011

Resolución:Sentencia 000425/2015

Proc. origen: Procedimiento ordinario Nº proc. origen: 0000362/2012-00

Juzgado de Primera Instancia Nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria

Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:

Apelado Julio Alberto Ojeda Perez Ramses Ojeda Ojeda Diaz

Apelante Elisabeth Nieves D. Luzardo Del Rosario Paloma Guijarro Rubio

SENTENCIA

SALA:

Don Víctor Caba Villarejo (Presidente)

Don Carlos Augusto García van Isschot (Ponente)

D. Víctor Manuel Martín Calvo

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós de octubre de dos mil quince.

VISTAS por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo nº 048-2014, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia número 000181/2012, de 27 de noviembre, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria, en los autos de juicio ordinario nº 362-2012, seguidos a instancia de Julio, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador don Ramsés Ojeda Díaz y asistida por el letrado don ALBERTO OJEDA PEREZ, contra doña Elisabeth, parte apelante, comparecida en la alzada, representada por el Procurador de Tribunales doña DOÑA PALOMA GUIJARRO RUBIO y dirigido por el letrado DOÑA NIEVES LUZARDO DEL ROSARIO, siendo ponente el Sr. Magistrado don Carlos Augusto García van Isschot, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El titular del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia número 369-2012, de catorce de diciembre, en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: « Que estimando la demanda formulada por el demandante procurador de los Tribunales Don Ramsés Ojeda Díaz en representación de Don Julio, frente a Dña. Elisabeth, representada por Doña Cristina Juan López Tomasety, debo declarar y declaro que de la deuda contraída por Don Alberto, esposo de la demandada, fijada en la Sentencia de 31 de marzo de 2010 recaída en los autos núm. 638/09 seguidos en el juzgado de Primera Instancia núm. 8 de esta ciudad, es una deuda a cargo de los bienes de la sociedad de gananciales que integraron los ahora demandados, todo ello sin imposición de las costas a ninguna de las partes».

SEGUNDO

Dicha sentencia la recurrió en apelación la parte demanda interponiendo el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación; habiéndose desestimado, por autos de nueve de septiembre y de siete de octubre de dos mil catorce, el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día diecinueve de octubre de dos mil quince.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, salvo el término para dictar sentencia dado el cúmulo de trabajo que pesa sobre el Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de la primera instancia acogió la demanda en pos de que se declarara que los efectos de la resolución judicial firmemente decretada del contrato de 23 de diciembre de 1986 celebrado por el esposo de la demandada constante su matrimonio, acaecido en 1.964, afectaba al cónyuge del contratante en cuanto obligación surgida para su sociedad de gananciales.

En la contestación a la demanda se opuso la esposa sosteniendo que la...

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