STSJ Comunidad de Madrid 915/2015, 2 de Diciembre de 2015

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2015:14308
Número de Recurso604/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIÓN
Número de Resolución915/2015
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004

33010310

NIG: 28.079.45.3-2008/0028757

ROLLO DE APELACION Nº 604/2.014

SENTENCIA Nº 915

----TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

----Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

D.ª Elvira Adoración Rodríguez Martí

Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera

En la Villa de Madrid a dos de diciembre de dos mil quince.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el Rollo de Apelación número 604 de 2014 dimanante del Procedimiento Abreviado número 905 de 2008 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Madrid en virtud del recurso de apelación interpuesto por Justo representado por la Procuradora doña María Sandra Orero Bermejo y asistido por el Letrado don Javier Ballester Padilla contra la Sentencia dictada en el mismo. Han sido parte la apelante y como apelado el Ayuntamiento de Madrid asistido y representado por el Letrado Consistorial del Ayuntamiento de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 12 de diciembre de 2012, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Madrid en el procedimiento abreviado número 905 de 2008 dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: « Que debo desestimar y DESESTIMO el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D. Justo contra la Resolución de fecha 7 de diciembre de 2007 que notifica la Resolución de fecha 15 de noviembre de 2006, dictada por el Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, en el Expediente NUM000, en el que se impone una sanción de dos mil (2.000) euros por la infracción del artículo 16 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 60 b) 7 del Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo; contra la que se interpone recurso de reposición, que es desestimado por Decreto de fecha 5 de septiembre de 2008, notificado el día 22 de septiembre de 2008; y, en su consecuencia, debo declarar y DECLARO la conformidad a Derecho de las mencionadas resoluciones, confirmándolas.- Sin especial declaración en cuanto a las costas procesales causadas- Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que la presente resolución es firme.-Expídanse por la Sra. Secretaria Judicial las copias y testimonios que fueren precisos de esta resolución custodiándose el original en el legajo especial de sentencias que en este Juzgado se efectúa conforme lo establecido en el artículo 256 de la LOPJ, y procédase tras ello a la devolución del Expediente a la Administración recurrida.- Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 7 de febrero 2.013 la Procuradora doña Sandra Orero Bermejo en representación de Justo interpuso recurso de apelación contra la citada resolución formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando en su día previos los trámites legales se revoque íntegramente la Sentencia recurrida, declarando en consecuencia no ser ajustada a derecho la resolución impugnada, con expresa condena en costas a contraparte si se opusiere.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de fecha 30 de julio de 2.014 se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, a fin de que en plazo de quince días formulara escrito de oposición al recurso de apelación, presentándose por el Letrado Consistorial en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid escrito el día 30 de septiembre de 2.014 se opuso al mismo y solicitó se dictara dicte Sentencia confirmando en todos sus extremos la impugnada por la parte apelante, condenando a ésta al pago de las costas procesales.

CUARTO

Por resolución de 6 de octubre de 2.014 se elevaron las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, señalándose el día 26 de noviembre de 2.015 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación,...

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