STSJ Comunidad de Madrid 521/2003, 6 de Octubre de 2003

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2003:13588
Número de Recurso3414/2003
Número de Resolución521/2003
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00521/2003

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 006(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2003 0010401, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003414 /2003

Materia: FIJEZA LABORAL

Recurrente/s: INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACION EMPRESARIAL

IMEFE

Recurrido/s: Lucio

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 17 de MADRID de DEMANDA 0000052

/2003

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a seis de Octubre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON CONRADO DURANTEZ CORRAL, PRESIDENTE, DON ENRIQUE JUANES FRAGA, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA nº 521/03

En el recurso de suplicación nº 3414-03 interpuesto por el Procurador DON SANTIAGO TESORERO DIAZ en nombre y representación de EL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIONEMPRESARIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 17 de los de MADRID, de fecha SIETE DE ABRIL DE DOS MIL TRES, ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 52/03 del Juzgado de lo Social nº 17 de los de Madrid, se presentó demanda por DON Lucio contra, EL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACION EMPRESARIAL en RECLAMACION DE DERECHOS, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en SIETE DE ABRIL DE DOS MIL TRES cuyo fallo consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora viene prestando sus servicios para el organismo demandada desde el 5-5-98, ostentando la categoría profesional de Técnico G4 y devengando un salario mensual de 1.565,13 euros con prorrateo de pagas extras, y ello en virtud los siguientes contratos de trabajo temporales, todos ello para obra o servicio determinado:

-Del 5-5-98 al 19-2-99, cuyo objeto era "la realización de las tareas de Técnico G4 en el centro ubico en el Paseo de Pontones 10 para la impartición del Curso/Proyecto FORMACIÓN BASICA EMPRESARIAL subvencionado por el FONDE SOCIAL EUROPEO 1998".

-Del 22-2-99 al 31-12-99, cuyo objeto era "la realización de las tareas de Técnico G4 en el centro ubicado en el Paseo de Pontones 10 para la impartición del Curso/Proyecto FORMACIÓN BASICA EMPRESARIAL subvencionado por el FONDO SOCIAL EUROPEO 1999".

-Del 10-1-02 al 1-2-00, cuyo objeto era: "la realización de las tareas de MONITOR en el centro ubicado en calle Alberto Aguilera 20 para impartir el Curso de GESTION DEL PEQUEÑO COMERCIO (99/2525), subvencionado por el convenio IMEFE-IMAF 1999".

-Del 12-2-00 al 13-2-00 (ampliación del anterior)

-Del 14-2-00 al 15-3-00, cuyo objeto era: "la realización de las tareas de MONITOR en el centro ubicado en calle Alberto Aguilera 20 para impartir el Curso de GESTION DE UNA FRANQUICIA (99/2526), subvencionado por el convenio IMAFE-IMAF 1999".

-Del 16-3-00 al 31-3-00 (ampliación del anterior)

-Del 1-4-00 al 30-4-00, cuyo objeto era: "la realización de las tareas de TÉCNICO G4 en el centro ubicado en calle Alberto Aguilera 20 para la preparación y puesta en marcha de la Programación FIP, de las programaciones específicas para mujeres de la Dirección General de Empleo y diversos proyectos de la Consejería de Economía y Empleo, impartición del curso FORMACIÓN BASICA EMPRESARIAL, subvencionado por el FONDE SOCIAL EUROPEO 1999".

-Del 1-5-00 al 31-7-00 (ampliación del anterior)

-Del 2-11-00 al 1-11-01, cuyo objeto era: "la realización de las tareas de TÉCNICO G4 en el centro ubicado en calle Alberto Aguilera 20 para el programa curso AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, subvencionado por la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, mediante resolución de fecha 17-8-00".

-Del 2-11-01 al 1-11-02 (ampliación del anterior)

Del 20-12-02 al 19-12-03, cuyo objeto era: "la realización de las tareas de TÉCNICO G4 en el centro ubicado en calle Alberto Aguilera 20 para el Programa-Curso AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, subvencionado por la Comunidad de Madrid, mediante resolución de fecha 9-12-02".

SEGUNDO

El actor ha venido realizando las funciones que se describen en el Hecho Segundo de la demanda, actividades que constituyen actividades normales, habituales y estructurales dentro de EMEFE.

TERCERO

El actor no ha ostentado cargo representativo.CUARTO.- Se ha agotado la vía administrativa."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución...

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