STSJ Comunidad de Madrid 451/2005, 25 de Abril de 2005

PonenteJOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
ECLIES:TSJM:2005:4614
Número de Recurso5569/2004
Número de Resolución451/2005
Fecha de Resolución25 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

en el RECURSO SUPLICACION 0005569 /2004, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. CRISTINA SEISDEDOS PEÑA, CRISTINA SEISDEDOS PEÑA, en nombre y representación de Juan Ignacio , Consuelo , contra la sentencia de fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro, dictada por JDO. DE LO SOCIAL nº: 020 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0001191 /2003 , seguidos a instancia de Juan Ignacio , Consuelo frente a INSTITUTO MADRILEÑO DE LA SALUD DE LA CONSEJERIA SANIDAD DE LA CAM IMSALUD, parte representada por el/la Sr./Sra Letrado D./Dª Francisco J. Peláez Albendea, en reclamación por REINTEGRO DE MATERIAL ORTOPROTÉSICO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Los actores son los padres de la menor de edad Gema , a cuyo cargo se encuentra, siendo su padre beneficiario la seguridad Social afiliado con el nº NUM000 .

SEGUNDO

La menor Gema , se encuentra afecta de una diabetes "mellitus" tipo I desde la edad de ocho años.

Según informe del Hospital Ramón y Cajal, la paciente con diabetes tipo I desde los ocho años y tiroiditis linfocitaria crónica, presenta una diabetes muy inestable con mal control metabólico a pesar de estar tratada con seis dosis de análogo insulina de acción rápida y una dosis de insulina NPH nocturno. Realiza 7 a 8 controles glucémicos diarios. A pesar del tratamiento intensivo su Hb A I c es de 7,7% presentando con frecuencia descompensaciones hiperglucémicas. La paciente es colaboradora y está interesada en mejorar el control y tiene buen nivel de conocimientos sobre el tratamiento de la diabetes. Esta situación repercute además en su calidad de vida y en su estabilidad psicológica. Por todo ello se recomienda la utilización de un sistema de infusión continua de insulina para el control de su diabetes.

TERCERO

Los actores ante la situación clínica de su hija adquirieron la bomba de insulina Minimed 508, que se implantó a la menor el día 24 de junio de 2003, con un coste de 5.339,30 euros la bomba y 291,04 euros el material fungible.

CUARTO

Con fecha de 9 de junio de 2003 los actores solicitaron ante el Instituto Madrileño de la Salud el reintegro de los gastos correspondientes a la bomba de insulina. Con fecha de 8 de agosto de 2003 el Instituto demandado resuelve denegar la petición, interpuesta en tiempo y forma reclamación previa, fue desestimada en fecha de 6 de noviembre de 2003.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que desestimando la demanda deducida por D. Juan Ignacio Y Dª Consuelo contra EL INSTITUTO MADRILEÑO DE LA SALUD, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha cuatro de noviembre de dos mil cuatro, dictándose las correspondientes y subsiguientes resoluciones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día veinte de enero de dos mil cinco para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO: Frente a la sentencia de instancia se alza la parte actora en suplicación, articulando cinco motivos, todos basados en el 191 c) de la LPL y que, desde la perspectiva del idéntico "thema decidendi" -el reintegro de los gastos de adquisición de la bomba de Insulina Minimed 508- denuncia la infracción de diversos artículos, el 14 de la...

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