ATS, 27 de Enero de 2016

PonenteANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO
ECLIES:TS:2016:244A
Número de Recurso1694/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución27 de Enero de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Enero de dos mil dieciséis.

HECHOS

  1. - La representación procesal de DON Romualdo presentó escrito con fecha de 13 de mayo de 2015 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 31 de marzo de 2015 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 97/2015 , dimanante del juicio de modificación de medidas nº 254/2014 del Juzgado de Primera instancia nº 5 de Bilbao.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 21 de mayo de 2015 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

  3. - Por la Procuradora Doña Concepción Muñiz González, en nombre y representación de DON Romualdo presentó escrito con fecha de 3 de julio de 2015 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora Doña Beatriz Unzueta Crespo, en nombre y representación de DOÑA Hortensia presentó escrito con fecha de 29 de mayo de 2015, personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de DON Romualdo al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por DON Romualdo contra la sentencia dictada con fecha de 31 de marzo de 2015 por la Audiencia Provincial de Vizcaya (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 97/2015 , dimanante del juicio de modificación de medidas nº 254/2014 del Juzgado de Primera instancia nº 5 de Bilbao.

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación, con sus documentos adjuntos, a la partes recurridas personadas ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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