STSJ Extremadura 213/2015, 30 de Noviembre de 2015

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2015:1425
Número de Recurso177/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución213/2015
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00213/2015

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 213

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JESÚS LUIS RAMÍREZ DÍAZ /

En Cáceres a TREINTA de NO VIEMBRE de DOS MIL QUINCE.-Visto el recurso de apelación nº 177 de 2015, interpuesto por el/la Procurador/a D/Dª MARÍA DE LOS ÁNGELES BUESO SÁNCHEZ, en nombre y representación de DOÑA Vanesa, en su condición de Presidente de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 DE CORIA (Cáceres), contra el auto de fecha 28.07.15 dictado en el procedimiento ETJ EJECUCIÓN DE TITULOS JUDICIALES Nº 22/2014 dimanante del Procedimiento Ordinario nº 19/2012, tramitado en el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 2 de CÁCERES, a instancias de Vanesa en su condición de presidente de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 DE CORIA contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CORIA, sobre: ejecución de títulos judiciales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de CÁCERES se remitió a esta Sala procedimiento de EJECUCIÓN DE TITULOS JUDICIALES nº 22/2014, seguido a instancias de D. ª Vanesa en cu condición de Presidente de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 DE CORIA (Cáceres), sobre ejecución de títulos judiciales. Procedimiento que concluyó por auto del Juzgado de fecha 28.07.15 .

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por la parte Vanesa en su condición de Presidenta de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PLAZA000 DE CORIA, dando traslado a AYUNTAMIENTO DE CORIA, aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado especialista D. MERCENARIO VILLALBA LAVA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En auto de 18.07.2015 se acordaba que no había lugar a las medidas solicitadas por la parte ejecutante, procediendo en su lugar a requerir al Ayuntamiento de Coria para que por el Arquitecto Municipal se elaborase en el plazo de veinte días informe sobre la situación en que se encuentran los garajes, locales y trasteros afectados por la sentencia objeto de ejecución para determinar si las filtraciones y humedades se han evitado o las obras han resultado insuficientes, apelando la parte al señalar que ha habido un cumplimiento aparente contrario al sentido del fallo, ya que entiende que la tesis del arreglo de puntos concretos de la capa de impermeabilización fue desechada en la sentencia declarativa y es lo que se ha hecho en ejecución, considerando que en la sentencia se exige el cambio total de la capa de impermeabilización, dejando solo para los técnicos municipales las implicaciones técnicas de las obras, y ello sobre la base de considerar que la malla impermeabilizadota ha dejado de cumplir su función, planteándose y considerando la sustitución de la lámina envejecida, dejando a criterio de los técnicos la forma en...

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