SAP Madrid 740/2015, 4 de Diciembre de 2015

PonenteMARIA DEL PILAR RASILLO LOPEZ
ECLIES:APM:2015:16684
Número de Recurso1603/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución740/2015
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª

Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035

Teléfono: 914934418,914933800

Fax: 914934420

M

37050100

N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0031169

251658240

Apelación Juicio de Faltas 1603/2015

Origen :Juzgado de Instrucción nº 04 de Alcalá de Henares

Juicio de Faltas 491/2014

Apelante: D. /Dña. Luis Antonio

Letrado D. /Dña. OCTAVIO MARTIN GONZALEZ

Apelado: D. /Dña. MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 740/15

Ilma. Sra. Magistrada de la Sección 29ª

Dña. Pilar Rasillo López.

En Madrid, a cuatro de diciembre de dos mil quince

La Ilma. Sra. Dña. Pilar Rasillo López, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 pfo 2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia, ante esta Sección Vigesimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio de Faltas núm. 491/14, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Alcalá de Henares, seguido por lesiones, contra el denunciado D. Casimiro, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recursos de apelación interpuestos en tiempo y forma por el denunciante D. Luis Antonio, asistido de letrado

D. Octavio Martín Gonzáles, contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada de referido Juzgado, con fecha 28 de mayo de 2015, siendo parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de mayo de 2015 se dictó sentencia en Procedimiento de Juicio de Faltas de referencia por el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Alcalá de Henares cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

CONDENO a Casimiro como autora criminalmente responsable de una falta de lesiones a la pena de multa de TREINTA DIAS, a razón de una cuota diaria de SEIS euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; a indemnizar a Luis Antonio en la suma de 1.100 euros, y al pago de las costas del proceso.

Y como Hechos Probados se hacían constar:

" Declaro probado que el día 12-7-2014, sobre las 19.30horas, estando trabajando en la calle Santiago de Alcalá de Henares, Casimiro se encaró con Luis Antonio porque éste había molestado a su entonces mujer, Penélope . Y en el curso de la discusión le dio una bofetada en la cara ocasionándole lesiones consistentes en traumatismo maxilar inferior con arrancamiento de caninos y de prótesis dental, erosión en mucosa labial, contusión en articulación interfalángica del cuarto dedo de la mano izquierda para cuya curación precisó de una única asistencia médica y de las que tardó en curar 15, 7 de ellos impeditivos .

SEGUNDO

- Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el denunciante D. Luis Antonio, asistido de Letrado D. Octavio Martín González con el fundamento que se expresa en el escrito en que se deduce el mismo.

TERCERO

Admitido a trámite, se dio traslado del escrito a las demás partes, presentándose por el Ministerio Fiscal escrito impugnando el recurso e interesando la confirmación de la sentencia. Tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso, turnándose a la Sección 29ª, siendo registradas al número de rollo 1603/15 RAF, nombrándose como ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª Pilar Rasillo López

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los declarados como tales en la sentencia de instancia que se dan por reproducidos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de 28 de mayo de 2015 del Juzgado de Instrucción 4 de Alcalá de Henares por la que se condena al denunciado D. Casimiro por una falta de lesiones, se interpone recurso de apelación por el denunciante D. Luis Antonio por error en la valoración de la prueba, discrepando de la indemnización fijada en la sentencia, al no haberse atendido su petición y no incluirse los gastos derivados de la rotura de la prótesis...

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