SAP Barcelona 525/2015, 21 de Julio de 2015
Ponente | MARIA DE LA CONCEPCION SOTORRA CAMPODARVE |
ECLI | ES:APB:2015:9198 |
Número de Recurso | 66/2015 |
Procedimiento | APELACIóN PENALES RáPIDOS |
Número de Resolución | 525/2015 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
SECCIÓN VEINTE
Magistrada-Ponente :María de la Concepción Sotorra Campodarve
Rollo nº : APRA 66/15 D
Procedimiento Abreviado nº : 88/14
Juzgado de lo Penal nº : 8 de Barcelona
Recurrente: Ministerio Fiscal
SENTENCIA nº 525/2015
Ilmos Sres.
Dª. María del Carmen Zabalegui Muñoz
D. José Emilio Pirla Gómez
Dª. María de la Concepción Sotorra Campodarve
En la ciudad de Barcelona, a 21 de julio de 2015
Visto, en nombre de SM el Rey, por 66/15, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 88/14 seguido por el Juzgado de lo Penal nº 8 de Barcelona, por un delito de lesiones en el ámbito familiar; entre partes, de una y como apelante el Ministerio Fiscal; y de otra, como apelada, D. Luis Andrés, representado por el Procurador Sra. Bascuñana Mas, y defendido por el Letrado Sra. Quilez Olmedo.
Por el Juzgado de lo Penal se dictó en el procedimiento de referencia, sentencia de la que trae causa el presente rollo, por la que se absolvía a Luis Andrés del delito de malos tratos en el ámbito familiar que se le imputaba, con todos los pronunciamientos favorables.
Contra la expresada sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal, con apoyo en los argumentos que constan en los escritos presentados, dándose traslado a las demás partes con el resultado que obra en las actuaciones, que fueron remitidas a esta Audiencia para la resolución del recurso interpuesto.
Recibidas en a salvo del plazo para dictar resolución, debido al elevado nivel de asuntos que pesan sobre la Sala.
HECHOS PROBADOS
Bajo este epígrafe, en la sentencia apelada figura lo siguiente: "Tras la prueba practicada en el acto del juicio no ha resultado suficientemente acreditado que el 16 de febrero de 2014, sobre las 4,30 horas, D. Luis Andrés zarandeara, lanzara al suelo y le propinara una patada en la zona abdominal a su pareja Dª. Estefanía, cuando ambos discutían a la altura del nº NUM000 de la CALLE000 de Barcelona"
No se aceptan los hechos incluidos en la sentencia apelada, sin que haya lugar a redactar otros nuevos en la presente sentencia.
Contra la resolución de instancia se interpone recurso de apelación por la representación del Ministerio Público con base a un único motivo, infracción de las normas procesales con efectiva indefensión para la parte acusadora, toda vez que en la resolución apelada no se efectúa un relato de hechos probados, como exige el artículo 142.2 de la LECRIM .
Debido a ello, el Ministerio Fiscal interesa de este Tribunal se acuerde la nulidad de la sentencia dictada, al entender que con ella se han vulnerado los derechos a un proceso con las debidas garantías y la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución Española en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SJMer nº 6, 11 de Septiembre de 2017, de Madrid
...de Tarragona, Sección 1ª, de 30.1.2013 -]. Añade la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15ª, de 20.10.2015 [ROJ: SAP B 9198/2015 ] que "... La administración concursal imputa a la concursada el incumplimiento sustancial de esa obligación legal por no haber presentado ......
-
SJMer nº 6, 11 de Septiembre de 2017, de Madrid
...de Tarragona, Sección 1ª, de 30.1.2013 -]. Añade la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15ª, de 20.10.2015 [ROJ: SAP B 9198/2015 ] que "... La administración concursal imputa a la concursada el incumplimiento sustancial de esa obligación legal por no haber presentado ......