STSJ Comunidad de Madrid 165/2005, 25 de Febrero de 2005

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2005:1998
Número de Recurso575/2002
Número de Resolución165/2005
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00165/2005

Proc. Sr. Ungria López

Proc. Sr. Alvarez Alonso

A de E

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE SR. Gervasio Martín Martín

RECURSO Nº 575 de 2002.

SENTENCIA Nº 165

Presidente Ilmo. Sr.

Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a veinticinco de febrero de dos mil cinco.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 575 de 2001 interpuesto por el Procurador Sr. Ungria López en nombre y representación de INSCA INTERNACIONAL S.L. contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 21 de noviembre 2001, por la que se estimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad MOIDECAR, S.L., anulándose en consecuencia la anterior resolución de dicha oficina, que había denegado el Modelo de Utilidad número 9.900.605. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado y como codemandada la sociedad MOIDECAR

S.L representada por el Procurador Sr. Alvarez Alonso.

La cuantía del presente recurso es indeterminada.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 1 de abril de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 24 de Febrero de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Gervasio Martín Martín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 21 de noviembre 2001, por la que se estimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad MOIDECAR, S.L., anulándose en consecuencia la anterior resolución de dicha oficina, que había denegado el Modelo de Utilidad número 9.900.605 por "ARRIOSTRAMIENTO DE BASTIDORES REVERSIBLES PARA PANELES GIRATORIOS DE EXPOSITORES", habiéndose procedido, por tanto, a la concesión del expresado registro.

La Oficina Española de Patentes y Marcas entiende en la resolución impugnada, con cita del informe de sus Servicios Técnicos de 28 de septiembre de 2001, que entre los modelos enfrentados se aprecian las siguientes diferencias. "Tanto el Modelo de Utilidad impugnado como el Modelo oponente reivindican medios para rigidizar la estructura de bastidores de expositores de paneles de azulejos, que incluyen riostras o tirantes unidos a cartelas triangulares. Sin embargo, el sistema de arriostramiento no es igual en ambos casos, ya que el modelo impugnado incluye en el bastidor dos riostras coplanarias, que unen respectivamente los ángulos interiores superior e inferior del bastidor, con el punto medio del lado mayor vertical del mismo, mientras que en el caso del Modelo oponente existe un único tirante de refuerzo, lo que obliga al montaje de los paneles admita una sola posición, no siendo así en el caso del Modelo impugnado, ya que es posible montar el panel con cualquiera de sus dos lados menores en posición superior. Las dos riostras reivindicadas por el Modelo de Utilidad solicitado compensan los esfuerzos que tienden a deformar el bastidor, soportando mejor el peso de los perfiles de la marco. Por tanto, y dado que dicho Modelo solo reivindica la protección del sistema de arriostramiento, se considera que no está anticipado por el Modelo de Utilidad oponente".

Sustenta su recurso la parte actora en que el modelo de utilidad impugnado no es sino el resultado de una maniobra imitativa, ya que la parte caracterizante de las reivindicaciones del nuevo modelo sólo aportan un cambio formal al arriostramiento de lo que es en realidad el mismo bastidor de su modelo, por lo que falta novedad. Añade que el sistema de refuerzo reivindicado por el modelo impugnado no es tan resistente al gran peso que el bastidor ha de soportar, como el sistema de refuerzo del modelo oponente y que la reversibilidad del bastidor que se pretende alcanzar con la invención impugnada no es una ventaja práctica en este tipo de expositores. Dice que lo más importante es que el que el bastidor esté bien rigidizado y que eso lo cumple el modelo prioritario mucho mejor que el impugnado, por lo que no existe el beneficio que se exige a una modificación formal al objeto de la concesión de un nuevo modelo de utilidad.

El Abogado del Estado, por su parte, sostiene que es válida y ajustada a derecho la decisión de la Oficina española de Patentes y Marcas, indicando que viene apoyada en el dictamen de los ServiciosTécnicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, cuyo valor prevalente ha sido destacado por la jurisprudencia que cita.

La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Tribunal Supremo y otros Tribunales
    • España
    • Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor. Tomo XXVI (2005) Jurisprudencia y Resoluciones Españolas (2005)
    • 18 Noviembre 2006
    ...arreglos florales. Yuxtaposición de elementos ya conocidos y aplicados en el sector de la floristería. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID DE 25 DE FEBRERO DE 2005 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección (Arriostramiento de bastidores reversibles para paneles girat......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR