STSJ Comunidad de Madrid 975/2004, 22 de Octubre de 2004

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2004:13095
Número de Recurso852/2001
Número de Resolución975/2004
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00975/2004

Ltda. Sra. González Priego

A.E

Proc. Sr. Heredero Suero

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 852 de 2001

PONENTE Sra. Mª Rosario Ornosa Fernández

SENTENCIA Nº 975

Presidente Ilmo. Sr.

D. Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a veintidós de dos octubre de dos mil cuatro.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 852/01 interpuesto la Letrada Sra. González Priego en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Madrid contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de Madrid de 9 de mayo de 2001 que estimó la reclamación promovida por Corviám

S. A. contra el acuerdo del Inspector Jefe de Tributos de la Comunidad de Madrid de 7 de enero de 2000 que acordaba gravar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandado CORSAN-CORVIAM, S.A representado por el Procurador Sr. Heredero Suero.La cuantía del recurso es superior a 150.000 euros

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 9 de julio de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 21 de octubre de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª Rosario Ornosa Fernández.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesal de la Comunidad de Madrid interpuso recurso contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de Madrid de 9 de mayo de 2001 que estimó la reclamación promovida por Corviám S. A. contra el acuerdo del Inspector Jefe de Tributos de la Comunidad de Madrid de 7 de enero de 2000 que acordaba gravar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con una base imponible de 1.343.000.000 pesetas y una deuda tributaria de 109.711.326 pesetas, incluidos los intereses de demora, la operación elevada a escritura pública el 30 de junio de 1995 por la que el Instituto de la Vivienda de Madrid ofreció unilateralmente a Corviám S. A. determinados aprovechamientos urbanísticos en pago de deudas existentes.

El TEAC en la Resolución impugnada entendió que la cesión de los aprovechamientos urbanísticos estaba sometida a una condición suspensiva y que debía, por ello, de entenderse que el momento de la transmisión de los terrenos fue aquel en el que se cumplió la condición, y en ese momento los...

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