STSJ Comunidad de Madrid 1362/2002, 24 de Octubre de 2002

PonenteMARIA JESUS VEGAS TORRES
ECLIES:TSJM:2002:14329
Número de Recurso1180/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1362/2002
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 1.362 Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Alfredo Roldán Herrero

Magistrados:

Doña Clara Martínez de Careaga y García

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Fernando de Mateo Menéndez

Doña María Jesús Vegas Torres

En la Villa de Madrid, a 24 de octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.180/01, interpuesto por el Procurador de los Tribunales sr. Merino Bravo, en nombre y representación de D. Tomás , contra la resolución de 7 de marzo de 2.001, dictada por la Delegación del Gobierno de Madrid, por la que se decretó la expulsión del territorio nacional del recurrente, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de tres años. Ha sido parte la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plenaadecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el 21 de octubre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Iltma. Sra. Doña María Jesús Vegas Torres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la impugnación que el demandante, de nacionalidad nigeriana, efectúa de la resolución de 7 de marzo de 2.001, dictada por la Delegación del Gobierno de Madrid, por la que se decretó la expulsión del territorio nacional del recurrente, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de tres años.

Como antecedentes necesarios de dicha resolución deben resaltarse los siguientes:

A.- Con fecha 5 de febrero de 2.001, el aquí recurrente fue detenido por agentes de policía.

B.- Se procedió a incoar expediente de expulsión contra el aquí recurrente, considerándose como causa la prevista como infracción grave en el artículo 53.a) de la L. O. 4/2.000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los...

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