SAP Asturias 297/2015, 27 de Noviembre de 2015
Ponente | GUILLERMO SACRISTAN REPRESA |
ECLI | ES:APO:2015:2945 |
Número de Recurso | 321/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 297/2015 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00297/2015
SENTENCIA nº 297/15
RECURSO APELACION 321/15
TRIBUNAL
PRESIDENTE.
Ilmo. Sr. D. José Antonio Soto Jove Fernández
MAGISTRADOS:
Ilmo. Sr. D. Guillermo Sacristán Represa
Ilmo. Sr. D. Javier Antón Guijarro
Oviedo, a veintisiete de noviembre de dos mil quince.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los Autos de JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) 27 /2015, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de GRADO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION 321 /2015, en los que aparece como parte apelante Pablo, representado por el Procurador BENIGNO GONZALEZ GONZALEZ, asistido por el Letrado CARLOS GONZALEZ VALDEON, y como parte apelada VICENTOURO S.L., representado por el Procurador JOAQUIN IGNACIO ALVAREZ GARCIA, asistido por la Letrada CAROLINA DIEZ-HANDINO GARCIA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Guillermo Sacristán Represa.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Grado dictó Sentencia en fecha 20 de mayo de 2015 en los autos referidos con cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " DESESTIMO la demanda formulada por la representación de D. Pablo contra la mercantil Vicentouro S.L. ABSOLVIENDO dicha demandada de todas las pretensiones formuladas en su contra, con expresa imposición de costas a la actora"
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante y previos los traslados ordenados la parte apelada formuló escrito de oposición, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 25 de noviembre de 2015.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
Impugna la representación del actor, d. Pablo la sentencia que desestima su demanda de desahucio por precario frente a la mercantil VICENTOURO SL.
Son motivos de su impugnación el error en la valoración de las distintas pruebas practicadas determinante de la equivocada aplicación del derecho al considerar la existencia de una "causa de ocupación -comodato con finalidad determinada- que se sustenta en un título secundario, bien sea un negocio fiduciario, bien sea una sociedad de hecho" (con palabras que emplea el cuarto de los fundamentos de derecho de la sentencia impugnada).
Consta debidamente acreditado que el actor, d. Pablo es el titular de las fincas litigiosas como consecuencia de la subasta judicial que tuvo lugar a consecuencia de la ejecución hipotecaria número 169/2.008 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Grado, instado por Banco de Sabadell contra Ganados Monfer SL y La Peral y Ralpe SL (precisamente dos de las empresas que la parte demandada sostiene que se encuentran también en dichas fincas), habiéndose aprobado el remate a su favor el 21 de enero de 2.010 (folios 14 a 17). En las mencionadas fincas en términos de Picalgallo se encuentra la mercantil VICENTOURO SL, de la que es socio y apoderado d. Abilio (documento número 1 acompañado con el escrito de contestación a la demanda, en el folio 113), y sin que se haya acreditado el pago de cantidad alguna en concepto de renta. Por último, debe señalarse que no consta en el procedimiento documento de clase alguna que pueda acreditar la existencia de relación jurídica entre el actor y la mercantil demandada o su apoderado que pueda probar el contrato de sociedad o el negocio fiduciario que la sentencia presume.
Por su parte, el testimonio de d. Cosme, testigo propuesto por el demandante señaló que le...
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ATS, 16 de Mayo de 2018
...contra la sentencia dictada el 27 de noviembre de 2015 por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1.ª) en el rollo de apelación n.º 321/2015 , dimanante del juicio verbal de desahucio por precario n.º 27/2015 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Mediante d......