STSJ Canarias 288/2015, 9 de Octubre de 2015

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SOTORRIO
ECLIES:TSJICAN:2015:3164
Número de Recurso69/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución288/2015
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

? TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 385

Fax.: 922 479 424

Procedimiento: Procedimiento ordinario

Nº Procedimiento: 0000069/2013

NIG: 3803833320130000091

Materia: Administración tributaria

Resolución:Sentencia 000288/2015

Intervención: Interviniente: Procurador:

Demandante DIFUSION DE TELECOMUNICACIONES DE CANARIAS SONIA GONZALEZ GONZALEZ

Demandado CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente Don Pedro Manuel Hernández Cordobés

Ilmo. Sr. Magistrado Don Rafael Alonso Dorronsoro

Ilma. Sra. Magistrado Doña María del Pilar Alonso Sotorrío (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife a 9 de octubre de 2015, visto por esta Sección Primera de la SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, con sede en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los Señores Magistrados anotados al margen, el recurso ContenciosoAdministrativo seguido con el nº 69/2013 por cuantía de 381,117,21 euros, interpuesto por DIFUSIÓN DE TELECOMUNICACIONES DE CANARIAS, representado/a por el Procurador de los Tribunales Doña Sonia González González y dirigido/a por el Abogado Doña Carolina García Santos, habiendo sido parte como Administración demandada CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA y en su representación y defensa el Letrado de los Servicios Jurídicos, se ha dictado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Pretensiones de las partes y hechos en que las fundan A.- En resolución de fecha 30 de enero del 2013 dictada por las Junta Central Económica Administrativa se desestimó el recurso de alzada interpuesto por la hoy recurrente frente a la anterior de fecha 12 de noviembre del 2012 por la que la Junta Territorial Económica Administrativa estimaba parcialmente la rea interpuesta frente al acuerdo de la Tesorera Jefe del Servicio de Recaudación de S/C de TF de fecha 27 de abril del 2011 por el que se acordaba declarara a la hoy recurrente responsable solidario del pago de la deuda de ATLANTIS DIGITAL TELECOM S.L., por importe de 444,388,44 euros.

B.- La representación de la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la solicitud de que se dictase sentencia en virtud de la cual, estimando en todas sus partes el recurso, se declarase la anulación de las resoluciones impugnadas; subsidiariamente se reduzca la cantidad de la que ha sido declarada responsable a 245,534,84 # y, por último, y subsidiariamente, se reduzca el importe a la cantidad de 336,00 #.

C.- La representación procesal de la Administración demandada se opuso a la pretensión de la actora e interesó que se dictase sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto por ajustarse a Derecho el acto administrativo impugnado, condenando en costas a la recurrente.

SEGUNDO

Pruebas propuestas y practicadas

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Conclusiones, votación y fallo

Practicada la prueba y puesta de manifiesto, las partes formularon conclusiones, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento para la votación y fallo, teniendo lugar la reunión del Tribunal en el día de hoy, habiéndose observado las formalidades legales en el curso del proceso, dándose el siguiente resultado y siendo ponente el Ilma. Sra. Magistrado Doña María del Pilar Alonso Sotorrío que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Objeto del recurso

constituye el objeto del presente recurso determinar la adecuación o no a derecho de la resolución de fecha 30 de enero del 2013 dictada por las Junta Central Económica Administrativa se desestimó el recurso de alzada interpuesto por la hoy recurrente frente a la anterior de fecha 12 de noviembre del 2012 por la que la Junta Territorial Económica Administrativa estimaba parcialmente la rea interpuesta frente al acuerdo de la Tesorera Jefe del Servicio de Recaudación de S/C de TF de fecha 27 de abril del 2011 por el que se acordaba declarara a la hoy recurrente responsable solidario del pago de la deuda de ATLANTIS DIGITAL TELECOM S.L., por importe de 444,388,44 euros.

La representación procesal de la parte actora postula la nulidad de dichos actos por las consideraciones siguientes:

No cabe acudir al procedimiento de declaración de responsabilidad tributario en relación a las deudas que no tengan naturaleza tributaria.

La deuda original ha sido anulada.

No concurren los requisitos exigidos para la declaración de responsabilidad solidaria.

Subsidiariamente han sido satisfechas algunas de las deudas entre otras las sanciones del APMUN;

La Administración demandada contesta a la demanda solicitando su desestimación por entender que:

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