STSJ Castilla y León 2430/2015, 29 de Octubre de 2015

PonenteANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
ECLIES:TSJCL:2015:5444
Número de Recurso1332/2013
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución2430/2015
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 02430/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

VALLADOLID

N11600

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2013 0102050

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001332 /2013 - ML

Sobre: ADMINISTRACION DEL ESTADO

De D./ña. LIONS' BEER, CERVECEROS ARTESANOS LEONESES, S.L.

LETRADO MARTA PRIETO MARTIN

PROCURADOR D./Dª. JOSE LUIS MORENO GIL

Contra D./Dª. OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, HEINEKEN ESPAÑA, S.A.

LETRADO ABOGADO DEL ESTADO, RAFAEL JIMENEZ DIAZ

PROCURADOR D./Dª. FILOMENA HERRERA SANCHEZ

SENTENCIA Nº 2430

ILMA. SRA. PRESIDENTA:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a veintinueve de octubre de dos mil quince.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución de 1 de octubre de 2013 de la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 7 de mayo de 2013 del Director de Departamento de la misma Oficina, que acordaba la denegación de la marca nacional número 3055091/2 "THE LIONS BEER" (mixta) en la clase 32.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: la entidad mercantil LIONS# BEER CERVECEROS ARTESANOS LEONESES S.L., representada por el Procurador Sr. Moreno Gil, bajo dirección de la Letrada Sra. Prieto Martín.

Como demandada: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: la entidad mercantil HEINEKEN ESPAÑA S.A., representada por la Procuradora Sra. Herrera Sánchez y defendida por el Letrado Sr. Jiménez Díaz.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que con base en los hechos y fundamentos de derecho solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que declare no haber lugar al presente recurso, estimándolo en su integridad y se declare contraria a Derecho la resolución recurrida, acordando en consecuencia su revocación y, en consecuencia, la efectiva concesión de la marca nacional mixta 3.055.091, "THE LIONS BEER" a favor de la actora, todo ello con expresa imposición de costas a la parte contraria.

Mediante otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación del Abogado del Estado, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la parte codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no haber lugar a las pretensiones de la recurrente, se desestime el recurso y se confirme la resolución denegatoria como acto conforme a Derecho, con expresa imposición de costas al recurrente, por su evidente temeridad.

Mediante otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por todas ellas y se señaló para votación y fallo del presente recurso el día quince de octubre del año en curso.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales esenciales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de la entidad mercantil LIONS# BEER CERVECEROS ARTESANOS LEONESES S.L. la resolución de 1 de octubre de 2013 de la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por ella contra la resolución de 7 de mayo de 2013 del Director de Departamento de la misma Oficina, que acordaba la denegación de la marca nacional número 3055091/2 "THE LIONS BEER" (mixta) en la clase 32 solicitada por la recurrente, pretendiéndose que se anulen las resoluciones recurridas y que se le conceda la mencionada marca.

Los signos en conflicto son: el signo prioritario EL LEÓN y la marca solicitada THE LIONS BEER (MIXTA).

Las razones que se esgrimen en la resolución impugnada para denegar la marca a la recurrente son las semejanzas existentes entre los elementos denominativo y conceptual de los signos examinados, de forma que a la luz de sus respectivos ámbitos aplicativos se considera que su convivencia en el mercado generaría un evidente riesgo de confusión (asociación) para los consumidores.

En concreto se dice en la resolución que: a) existe una gran similitud derivada de la cuasi coincidencia entre los vocablos LEON- LIONS, que son los elementos realmente característicos de los signos en liza, ya que el artículo THE como el vocablo BEER, que acompañan a la solicitud, son términos que no le aportan valor distintivo y que devienen irrelevantes a la hora de...

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