STSJ Aragón 236/2009, 31 de Marzo de 2009

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2009:481
Número de Recurso168/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución236/2009
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00236/2009

Rollo número: 168/2009

Sentencia número: 236/2009

M.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a treinta y uno de marzo de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 168 de 2009 (Autos núm. 758/2008), interpuesto por la parte demandada SERVICIO ARAGONÉS DE LA SALUD (Urgencias y Emergencias 061 Aragón), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 18 de diciembre de 2008 siendo demandante Dª. Tarsila y como codemandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA (MAZ), sobre reclamación cantidad -riesgo lactancia-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Tarsila contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros ya nombrados, sobre reclamación de cantidad -riesgo lactancia-, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, de fecha 18 de diciembre de 2008, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda interpuesta por Dª Tarsila contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA (MAZ) y el SERVICIO ARAGONÉS DE LA SALUD (URGENCIAS Y EMERGENCIAS 061 ARAGÓN), debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la prestación por riesgo durante la lactancia, por el período comprendido entre el 24-08-08 y el día en que el lactante cumpla nueve meses; condenando a la MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA (MAZ) al pago de la prestación".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1º.- Que Dª Tarsila, con D.N.I. núm. NUM000, afiliada a la Seguridad Social, ha venido prestando servicios en el servicio de URGENCIAS Y EMERGENCIAS 061 ARAGÓN (SERVICIO ARAGONÉS DE LA SALUD), con la categoría profesional reconocida de médico, atendiendo a los pacientes que demandan el servicio de urgencias a través de una llamada telefónica, acudiendo la ambulancia a tal efecto.

  1. - Que la empresa demandada tiene concertado el riesgo de contingencias profesionales con la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO DE ZARAGOZA (MAZ).

  2. - Que la actora dio a luz a un hijo el 20-02-08, al que alimenta con lactancia materna, solicitando prestación por riesgo durante la lactancia natural, con fecha de suspensión del contrato del 11-06-08. La solicitud fue desestimada por la MUTUA MAZ en resolución de 12-06-08. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de la MUTUA MAZ de fecha 28-07-08.

  3. - Que a la actora le había sido reconocida por la MUTUA MAZ prestación por riesgo durante el embarazo, con fecha de efectos económicos del 30-10-07.

  4. - Que la actora realiza su trabajo en régimen de nocturnidad y a turnos (guardias de 24 horas seguidas), sin que en la empresa exista puesto de trabajo exento de nocturnidad, ni la posibilidad de adaptar los turnos de trabajo.

  5. - Que con fecha 10-06-08 la actora finalizó su baja de maternidad, comenzando al día siguiente, 11-06-08, licencia retribuida de cuatro semanas de duración en sustitución del permiso de lactancia de una hora diaria retribuida. Con fecha 24-08-08 la actora inició excedencia para cuidado de hijo".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada SALUD, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandante, no haciéndolo el resto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª. Tarsila presta servicios como médico en el Servicio de Urgencias y Emergencias 061 Aragón, del Servicio Aragonés de la Salud, atendiendo a los pacientes que demandan el servicio de urgencias a través de una llamada telefónica, acudiendo la ambulancia a tal...

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