SAP Palencia 37/2009, 17 de Abril de 2009
Ponente | CARLOS MIGUELEZ DEL RIO |
ECLI | ES:APP:2009:191 |
Número de Recurso | 41/2009 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 37/2009 |
Fecha de Resolución | 17 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00037/2009
Rollo nº 41/2009
Procedimiento Abreviado nº 400/2008
Juzgado de lo Penal de Palencia.
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
EN NOMBRE DE S. M. EL REY
La siguiente:
SENTENCIA Nº 37/09
SEÑORES DEL TRIBUNAL:
Ilmo. Sr. Presidente
Don Mauricio Bugidos San José
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Miguel Donis Carracedo
Don Carlos Miguélez del Río
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En la ciudad de Palencia, a diecisiete de Abril de dos mil nueve.
Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 41/2009, interpuesto en nombre de Juan Enrique, representado por el Procurador Sr. Treceño Campillo y defendido por el Letrado Sr. Moreno Herrero, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia, de fecha 9 de febrero de 2009, en el Procedimiento Abreviado nº 400/2008, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Palencia, seguido por un delito de lesiones por imprudencia grave, y con intervención del Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado Carlos Miguélez del Río.
El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 9 de febrero de 2009, dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "Que condeno a Juan Enrique en concepto de autor criminalmente responsable de un delito de lesiones cometidas por imprudencia grave, previsto y castigado en el art. 152.1. 1º del CP, a la pena de tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante dicha condena, así como a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año. Se imponen las costas procesales a dicha parte condenada".
En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos y se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente Sentencia.
Contra dicha Sentencia interpuso recurso de Apelación la defensa del acusado Juan Enrique, al amparo de lo dispuesto en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y su absolución.
De dicho recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal quien no ha solicitado la desestimación del recurso interpuesto y la confirmación de la resolución recurrida.
El contenido de los apartados primero y tercero de los hechos declarados probados por la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal dice así " Hacía los 10 minutos del día 24 de agosto de 2.006, Dionisio se dispuso a cruzar por el paso de peatones que une la Plaza de San Pablo con el Parque de Los Jardinillos de Palencia, de tal manera que cuando apenas había iniciado dicho tránsito fue embestido con la parte delantera derecha del turismo marca Rover, modelo 220 coupé, con matrícula R-....-U, proveniente desde la Avenida de Simón Nieto hacía la Plaza de León, que era conducido a lenta velocidad por Juan Enrique, golpeando al peatón en el lado izquierdo y haciéndole girar verticalmente sobre si mismo, de modo que terminó por quedar desequilibrado y conmocionado junto al espejo retrovisor derecho del coche, donde fue recogido por otro viandante que evitó su desplome e impacto contra el suelo. Juan Enrique, tras el impacto, detuvo totalmente su coche en la parte final del paso de peatones del sentido de su marcha y al ser sometido a la prueba de alcoholemia por los Agentes del Equipo de Atestados de la Policía Local de Palencia, arrojó un resultado de 0 miligramos de alcohol por litro de aire espirado".
NO SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.
Por la representación y defensa del acusado Juan Enrique, se impugna la sentencia de fecha 9 de febrero de 2009 dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia, por la que se le condenó como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave a la pena de tres meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año, todo ello en base al art....
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