SAP Granada 103/2009, 6 de Marzo de 2009

PonenteMOISES LAZUEN ALCON
ECLIES:APGR:2009:488
Número de Recurso644/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución103/2009
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA NÚM 103

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. ANTONIO GALLO ERENA

MAGISTRADOS

D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN

D. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ

====================================

En la Ciudad de Granada a seis de marzo de dos mil nueve. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los

precedentes autos de Juicio de Menor Cuantía , seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Granada, en virtud de demanda de HAVANA CLUB HOLDING SA y HAVANA CLUB INTERNATIONAL SA, EMPRESA CUBANA EXPORTADORA DE ALIMENTOS Y PRODUCTOS VARIOS(CUBAEXPORT) y PRAC SA, representados en esta alzada por el/la Procurador/a/ Sr/a/. Enrique Alameda Ureña, contra DÁMASO MELERO SA, representado/a en esta segunda instancia por el/la Procurador/a/ Sr/a/. Ángeles Calvo Sainz, contra la SOCIEDAD ATLÁNTICO SA, no comparecida en esta alzada y contra OLIVER & COMPANY DOMINICANA SA, declarada en rebeldía.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en 29 de enero de 2008 , contiene, literalmente, el siguiente fallo: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Don Enrique Alameda Ureña, procurador de los tribunales, en nombre y representación de Havana Club Holding S.S., Havana Club Internacional S.A. Empresa cubana Exportadora de Alimentos y productos varios(Cubaexport) y Prac S.A., contra las Sociedades Atlántico S.A., Damaso Melero S.A. y Oliver & Company Dominicana S.A., debiendo condenar y condenando a las mismas a las siguientes declaraciones:

PRIMERO

Que las sociedades Havana Club Holding S.A. y Empresa Cubana Exportadora de Alimentos y Productos varios (que gira en el comercio como Cubaexport), como propietarios de las marcas nº 99.789, 682,245 y 1.000.370 "Habana Club", la primera y marca nº 567.701 "Old Havana", la segunda, asi como la sociedad Prac S.A., en tanto que distribuidora en exclusiva en España de los productos "Havana Club", tienen el derecho exclusivo para la utilización de dichas denominaciones, así como el derecho de ejercer acciones contra aquellos que utilicen en el tráfico económico cualquier otra denominación que resulte confundible con aquellas.

SEGUNDO

Que las demandadas Atlántico S.A., Dámaso Melero S.A. y Oliver & Company Dominicana S.A., con utilización de la denominación "1895 Habanavieja", en el producto fabricado por esta última y distribuido en España por las dos primeras, interfieren y lesionan los derechos derivados a favor de Habana Club Holding, S.A. y empresa cubana exportadora de alimentos y productos varios (que gira en el comercio como Cubaexport), de la inscripción de las marcas nº 99.789, 682.245 y 1.000.370 "Habana Club", y marca nº 567.701 "Old Havana", respectivamente.

TERCERO

Que las demandadas, Atlántico S.A., Dámaso Melero S.A. y Oliver & Company Dominicana S.A., con la utilización de la denominación "1895 Habanavieja", en el producto fabricado por esta última y distribuido en España por las dos primeras, producen un acto de competencia desleal frente a las demandantes Havana Club Holding S.A. y Empresa Cubana Exportadora de Alimentos y Productos varios (que gira en el comercio como Cubaexport),Havana Club International, S.A. y Prac, S.A.

CUARTO

Que las demandadas, Atlántico S.A., Dámaso Melero S.A. y Oliver & Company Dominicana S.A., con la utilización de la denominación "1895 Habanavieja", de la falsa denominación de origen "Cuba", asi como de numerosas referencias a Cuba y a los rones cubanos en el producto fabricado por esta última y distribuido en España por las dos primeras, producen un acto de competencia desleal, por el que se aprovechan del crédito y reputación de los rones destilados y elaborados en Cuba e inducen a error al público consumidor.

QUINTO

Que las demandadas, Atlántico S.A., Dámaso Melero S.A. y Oliver & Company Dominicana S.A., con la utilización de la denominación " 1895 Habanavieja", en el producto fabricado por esta última y distribuido en España por las dos primeras, han originado perjuicios a las demandantes, Havana Club Holding S.A. y Empresa Cubana Exportadora de Alimentos y Productos varios (que gira en el comercio como Cubaexport), Havana Club International, S.A. y Prac, S.A., y de cuyos perjuicios deberán ser indemnizadas estas sociedades.

Condenando:

PRIMERO

A las compañías demandadas,...

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