SAP Burgos 208/2009, 14 de Mayo de 2009

PonenteJUAN FRANCISCO SANCHO FRAILE
ECLIES:APBU:2009:250
Número de Recurso149/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución208/2009
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA: 00208/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : SAN JUAN 2

Telf : 947259950

Fax : 947259952

Modelo : SEN00

N.I.G.: 09059 38 1 2009 0000314

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000149 /2009

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.5 de BURGOS

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000315 /2008

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, DOÑA

MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR y DOÑA ARABELA GARCIA ESPINA, ha dictado la siguiente.

SENTENCIA Nº 208

En Burgos a catorce de Mayo de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de BURGOS, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000315 /2008, procedentes del JDO.DE 1A.INSTANCIA N.5 de BURGOS, a los que ha correspondido el Rollo 0000149 /2009, en los que aparece como parte apelante PROYECTOS BURGALESES SA, representada por la Procuradora, doña NATALIA MARTA PEREZ PEREDA y defendida por el Letrado don PEDRO CORVO ROMÁN, y como apelados don Ángel Daniel ,representado por el Procurador don ENRIQUE SEDANO RONDA , y asistido por el Letrado D. PABLO HERNANDO LARA , y contra LOMACAR, S.L. en rebeldía procesal. Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.

D. JUAN SANCHO FRAILE que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Ángel Daniel contra las codemandadas Proyectos Burgaleses y Lomacar SL, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a las mismas a la entrega de la vivienda y plaza de garaje asignadas a la parte actora, así como al otorgamiento de escritura pública. Asimismo, debo condenar y condeno a las codemandadas a la cancelación de la hipoteca constituida sobre dicha vivienda asignada a favor de Caja Burgos, así como a la indemnización de daños y perjuicios, y a las costas causadas en este procedimiento. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada ".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de Proyectos Burgaleses SA, se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Y dado traslado al resto de partes, la representación de don Ángel Daniel , presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, interponiendo esta parte asimismo recurso de Apelación contra el Auto de 3-11-2008, y por providencia de fecha 1-4-2009 , se acuerda por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 12-5-2009 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación de la sociedad codemandada Proyectos Burgaleses S.A. se apela la sentencia de instancia pretendiendo en esta alzada la revocación de la misma, y en su virtud: "SE ESTIMEN LAS PRETENSIONES FORMULADAS BAJO LOS NUMEROS 1º, 2º y 3º DE LA DEMANDA, PRETENSIONES A LAS QUE ESTA PARTE SE ALLANO EN SU DIA, ALLANAMIENTO QUE, POR OTRA PARTE, SIEMPRE YA SIDO PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL ACTOR, POR LO QUE NO PROCEDERIA IMPOSICION DE COSTAS A TAL RESPECTO.- 2.- SE DESESTIME, AL MENOS FRENTE A MI REPRESENTADA, LA PRETENSION INDEMNIZATORIA INTERESADA DE CONTRARIO POR LOS SUPUESTO DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, FORMULADA BAJO EL NUMERO 4º DE LA DEMANDA, ABSOLVIENDOSE A ESTA PARTE DE DICHA PRETENSION Y DESESTIMANDOSE INTEGRAMENTE LA SOLICITUD DE INDEMNIZACION FORMULADA CONTRA MI REPRESENTADA, CON EXPRESA CONDENA DE LAS COSTAS PROCESALES CAUSADAS A LA PARTE ACTORA".

SEGUNDO

La parte apelante alega, como primer motivo de impugnación de la sentencia de instancia, error en la apreciación de las pruebas, infracción del art. 218 y 395 LEC , al no hacer mención al allanamiento parcial formulado en su día por esta parte.

En efecto, por la representación de Proyectos Burgaleses S.L., mediante escrito al Juzgado de Instancia, folios 96 y siguientes, expresa que "procedo a contestarla (la demanda, se entiende) allanándome parcialmente a la demanda....., y oponiéndome parcialmente a la misma....".

Es visto que se trata de un allanamiento parcial y al contestar la demanda, por lo que es inaplicable el artículo 395 LEC, concretamente el apartado 1 , pues ni se allana "a la...

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