SAP Santa Cruz de Tenerife 273/2015, 27 de Mayo de 2015

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, seccion 6 (penal)
Fecha27 Mayo 2015
Número de resolución273/2015

? SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3 - 2ª Planta

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 95 90 94 - 922 95 90 95

Fax.: 922 95 90 93

Sección: AS

Rollo: Procedimiento abreviado

Nº Rollo: 0000056/2014

NIG: 3803832220090007825

Resolución:Sentencia 000273/2015

Proc. origen: Procedimiento abreviado Nº proc. origen: 0000121/2011-00

Jdo. origen: Juzgado de Instrucción Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:

Imputado Marcelino Alvaro Manuel Gonzalez Gil Maria Montserrat Padron Garcia

Imputado Cipriano Maximo Manuel Gonzalez Gil Maria Montserrat Padron Garcia

Imputado Matias Rosendo Maria Asuncion Hernandez Acosta Maria Jesus Ortega Padilla

Imputado Patricio Justo Mario Zurita Arnay Maria Montserrat Padron Garcia

Imputado Jorge Fausto Ruth Martin Durango Maria Yasmina Fernandez Gomez

Imputado Doroteo Faustino Pedro Martinez Gonzalez Raquel Inmaculada Guerra Lopez

Imputado Agustin Martin Humberto Sobral Garcia Elena Rodriguez De Azero Machado

Imputado Maximo Leopoldo Isabel Jimenez Carot Lucia Gonzalez Tabares

Imputado Desiderio Cesareo Juan Jose Jimenez Liras Maria Mercedes O#donnell Hernandez

Imputado Arturo German Manuel Gonzalez Gil Maria Montserrat Padron Garcia

Resp.civ.directo TENERIFE SANS

Resp.civ.directo AFIADECA

SENTENCIA

Ilmos Srs.

PRESIDENTE D. José Luis González González

MAGISTRADOS

  1. Juan Carlos Toro Alcaide

  2. Aurelio Santana Rodríguez (Ponente)

En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 2015.

Vista en nombre de S. M. el Rey, y en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, la causa Procedimiento Abreviado número 121/11, procedente del Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife (Diligencias Previas 1046/2009), Rollo de esta Sala 56/14, por delitos de contrabando, de omisión el deber de perseguir delitos y contra la propiedad industrial, contra 1) Marcelino Alvaro, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Padrón García y defendido por el Letrado Sr. González Gil; 2) contra Cipriano Maximo de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Padrón García y defendido por el Letrado Sr. González Gil; 3) contra Arturo German, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Padrón García y

defendido por el Letrado Sr. González Gil; 4) contra Doroteo Faustino, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Guerra López y defendido por el Letrado Sr. Martínez González; 5) contra Maximo Leopoldo

, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. González Tabares y defendido por el Letrado Sra. Jiménez Carot;

6) contra Jorge Fausto, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Fernández Gómez y defendido por el Letrado Sra. Martín Durango; 7) contra Agustin Martin, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Rodríguez de Azero Machado y defendido por el Letrado Sr. Sobral García; 8) contra Desiderio Cesareo, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. O#Donnell Hernández y defendido por el Letrado Sr. Jiménez Liras; 9) contra Matias Rosendo, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Ortega Padilla y defendido por el Letrado Sra. Hernández Acosta; y 10) contra Patricio Justo, de desconocida solvencia, con instrucción, y sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Sra. Padrón García y defendido por el Letrado Sr. Zurita Arnay; y en cuya causa es parte acusadora el Ministerio Fiscal y como acusador particular el Abogado del Estado; y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Aurelio Santana Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran probados los hechos siguientes:

"I. Hacia finales del mes de marzo del año 2009, por Agentes de la Comandancia de la Guardia Civil de Santa Cruz de Tenerife (Unidad orgánica de policía judicial, Equipo de delitos contra el patrimonio, Sección de investigación criminal), a partir de sospechas por informaciones recibidas al respecto pero sobre todo a partir de una denuncia (fechada a 9 de marzo de 2009) presentada en nombre y representación de la entidad mercantil Philip Morris SA acerca de la posible comercialización de cajetillas de tabaco bajo las marcas Marlboro, Chesterfield y L&M, que pudieran ser mercancías falsificadas, se inició una investigación sobre la posible entrada en la isla de Tenerife de diversas partidas de tabaco de forma clandestina desde otros países, así como sobre la posibilidad de que se tratara de mercancía falsificada por no corresponderse con las marcas legalmente registradas. Como consecuencia de la actividad de los agentes policiales se dirigió la investigación hacia diversas personas, y entre otras y principalmente hacia el que ha resultado acusado Marcelino Alvaro, quien, con ocasión de su actividad profesional consistente en la importación, exportación, distribución y venta de tabaco, constituyó tres sociedades limitadas a través de las cuales ejercía dicha actividad: Tenerife San SL (de la que era administrador único a la fecha de los hechos), Santecan Tenerife SL (de la que era administrador solidario), y Afiadeca SL (de la que era administrador único), constituidas con idéntica finalidad, en la que utilizan dos naves de su propiedad para depositar la mercancía importada (una en la calle 303, num. 6 del Polígono Costa Sur, y otra en la calle Panamá,

num. 12, ambas en Santa Cruz de Tenerife), teniendo todas la sociedades como objeto social en sus estatutos la importación, venta y distribución de labores de tabaco legalmente registradas. También se dirigió la investigación hacia dos hermanos de este acusado, los también acusados Arturo German, quien se dedicaba profesionalmente a la venta legal al por menor de tabaco en varios establecimientos mercantiles, y Cipriano Maximo, quien se dedicaba a la venta directa al por menor de tabaco. Igualmente se investigó a Doroteo Faustino, con quien Marcelino Alvaro mantenía una estrecha relación personal y también profesional pues era propietario y administrador de la sociedad de despacho aduanero Agencia Calzadilla, siendo esta agencia la que se encargaba de la gestión de los trámites para el flete y transporte de las importaciones de tabaco de sus entidades mercantiles.

De la investigación resultó el conocimiento de una venta de tabaco a personas desconocidas, y cuyo precio no consta, que pensaba efectuar Marcelino Alvaro, y que se materializaría con el envío desde Tenerife a Barcelona de un contenedor lleno de cajetillas de tabaco, y que tendría como destino el muelle de Barcelona y el posterior traslado y depósito de tal contenedor a una nave taller propiedad del acusado Maximo Leopoldo, y para lo cual se declararía tributariamente que se trataba de un contenedor cargado de neumáticos usados. Así, el acusado Doroteo Faustino a través de la Agencia Calzadilla se encargó de todos los trámites para el despacho de tres contenedores de 40 pies fletados y facturados por Tenerife San SL y Santecan SL con destino final la nave del acusado Maximo Leopoldo sita en la calle Montemolins num. 9 de Parets del Vallés (Barcelona), declarándose para los tres contenedores que transportaban los referidos neumáticos usados, siendo dos de ellos cargados efectivamente de los neumáticos (los contenedores NPWU 4950404 y NPWU 4957979) y uno de ellos con unos pocos neumáticos usados que ocultaban su verdadera carga, 401.953 cajetillas de tabaco de diversas marcas legalmente registradas. El primero de los contenedores llegó a Barcelona el 5 de junio de 2009 y el segundo de los contenedores el 29 de junio de 2009.

El tercero de los contenedores (NENU 994238-4), el que efectivamente iba a llenarse de tabaco, fue trasladado sobre las 15 horas del 7 de julio de 2009 del lugar de su depósito en el muelle a la nave de Marcelino Alvaro del Polígono Costa Sur de Santa Cruz de Tenerife (calle 303, nave 6), encargándose de tal labor el acusado Jorge Fausto, pues era el transportista habitual de la Agencia Calzadilla. Una vez estuvo el contenedor en la nave, se procedió a llenar el mismo con la referida cantidad de 401.953 cajetillas de tabaco de diversas marcas legalmente registradas colocando como pantalla detrás de las puertas del contenedor 121 neumáticos usados de forma que no era posible observar la carga de tabaco sin retirar aquellos. Este contenedor fue trasladado por Jorge Fausto al Puerto para su transporte a Barcelona en el buque CTE Beatriz el día 8 de julio de 2009, haciéndose constar en la carta de transporte del contenedor hasta el muelle que se había recogido en una nave del Polígono El Mayorazgo y no en el Polígono Costa Sur.

Tras su transporte marítimo, el contendedor llegó a Barcelona donde tras cumplir los trámites aduaneros fue transportado a la nave que como taller era propiedad del acusado Maximo Leopoldo . Personados el 18 de julio de 2009 en el citado taller, los agentes de la Guardia Civil de Barcelona NUM000, NUM001, NUM002, y NUM003,...

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