SAP Madrid 870/2015, 22 de Octubre de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
ECLIES:APM:2015:14311
Número de Recurso352/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución870/2015
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0015468

Recurso de Apelación 352/2015

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid

Autos de Familia. Modificación de medidas con relación hijos no matrimoniales supuesto contencioso 54/2013

Apelante - demandante: D. Luciano

PROCURADOR Dña. YOLANDA LUNA SIERRA

Apelante - demandado: Dña. Eufrasia

PROCURADOR D. ANTONIO DOMINGUEZ RUIZ

ministerio fiscal

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

S E N T E N C I A Nº 870

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª José Ángel Chamorro Valdés

En Madrid, a 22 de octubre de 2015

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre Modificación de Medidas nº 54/2013; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid y seguidos entre partes; de una, como apelante - demandante, don Luciano, representado por la Procuradora doña Yolanda Luna Sierra; y de otra, como parte apelante - demandada, doña Eufrasia, representada por el Procurador don Antonio Domínguez Ruíz; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 28 de enero de 2014, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO:

Que estimando la demanda presentada por la Sra. Procuradora de los Tribunales Dª Yolanda Luna Sierra en nombre y representación de D. Luciano, contra Dª Eufrasia, bajo la representación del Sr. Procurador de los Tribunales D. Pedro Antonio González Sánchez, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, modifico los efectos establecidos anteriormente en la sentencia de modificación de medidas dictada el 15 de noviembre de 2010 en el procedimiento seguido en este Juzgado con el número 358/10, sin especial pronunciamiento sobre las costas de este procedimiento, estableciendo las siguientes modificaciones:

  1. - Dª Eufrasia podrá estar con su hijo Baldomero los fines de semana alternos desde la salida del colegio o en su defecto las 16:30 horas hasta el lunes a la entrada en el centro escolar. Para evitar discrepancias por los fines de semana tras los periodos vacacionales, se establece que la madre podrá estar con su hijo los fines de semana pares, pudiendo apreciarse dicho numero en un calendario en el que conste la numeración de las semanas. Por ejemplo hoy, fecha de la elaboración de esta resolución, nos encontramos en la semana 4 del año.

  2. - Dª Eufrasia podrá estar con su hijo también los miércoles desde la salida del colegio o en su defecto las 16:30 horas hasta el viernes a la entrada en el centro escolar las semanas que le corresponda al padre el fin de semana.

  3. - La madre también podrá estar con su hijo los miércoles desde la salida del colegio o en su defecto las 16:30 horas hasta el jueves a las 20 horas las semanas que le corresponda a la madre el fin de semana. Los jueves en los que terminen estas estancias será el padre quien recogerá a Baldomero en el domicilio materno.

  4. - En cuanto a los cumpleaños del menor, así como el día del padre y el día de la madre, y siempre que no sea día lectivo, el progenitor con el que en ese momento este el niño lo mantendrá en su compañía hasta las 17:00 horas de la tarde, momento en el que pasará a estar en compañía del otro progenitor hasta las 20:00 horas. Si coincide con un día lectivo, entre semana, el progenitor no custodio podrá realizar la estancia durante dos horas, recogiendo y devolviendo al niño en el Punto de Encuentro Familiar. Respecto de los cumpleaños de los respectivos padres, el menor pasará ese día con el progenitor al que corresponda la celebración. El día de Reyes, seis de enero, el menor pasará la mañana en compañía del mismo progenitor con el que haya pasado la noche del 5 al 6 de enero, hasta las 16:00 horas, que será recogido por el otro progenitor, para que estén en su compañía hasta las 20:00 horas.

  5. - Vacaciones de verano.- Las vacaciones estarán divididas en dos mitades, siendo la primera entre el día siguiente al último lectivo a las 11:00 horas y e131 de julio a las 20 horas, y la segunda desde el 31 de julio a las 20:00 horas hasta el último día festivo (víspera de la vuelta al colegio) a las 20:00 horas. Los periodos deberan entenderse divididos por quincenas. La madre tendrá derecho a la mitad del verano, por quincenas tal y como ya se ha dicho, que en defecto de acuerdo será elegido por el padre los años impares y por la madre los pares.

  6. - Vacaciones de Navidad.- Se repartirán por mitad las vacaciones escolares de Navidad, desde las

    11.00 horas del primer día no lectivo y las 21:00 horas del último día no lectivo, en dos periodos comprendidos entre el primer día no lectivo y las 20:00 horas del día 30 de diciembre y el segundo periodo desde las 20:00 horas del día 30 de diciembre hasta las 20:00 del último día no lectivo. La madre tendrá derecho a uno de esos periodos, que en defecto de acuerdo será elegido por el padre los años impares y por la madre los pares.

  7. - Vacaciones de Semana Santa.- Transcurrirán entre las 11.00 horas del primer día no lectivo y las 20:00 horas del último día no lectivo y se disfrutarán por mitad por cada progenitor teniendo lugar el cambio el...

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