SAP Valencia 176/2009, 27 de Marzo de 2009

PonenteMARIA MESTRE RAMOS
ECLIES:APV:2009:904
Número de Recurso10/2009/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución176/2009
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

176/2009

ROLLO DE APELACION 09-0010

SENTENCIA Nº 176

ILUSTRISIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

Don Vicente Ortega LLorca

MAGISTRADOS

Doña María Mestre Ramos

Don José Francisco Lara Romero

En la ciudad de Valencia a veintisiete de marzo del año dos mil nueve.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen, siendo ponente María Mestre Ramos, ha visto el presente recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 17 de septiembre de 2008 dictada en AUTOS DE JUICIO ORDINARIO 617-07 tramitados por el Juzgado de Primera Instancia Cinco de los de Valencia.

Han sido parte en el recurso, como APELANTE-DEMANDADA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO C/ DIRECCION000 NUM000 -VALENCIA representada el Procurador de los Tribunales DON ALONSO MORENO MARTÍNEZ asistido de Letrado DON ADOLFO VALERO GAY ; como APELADA-DEMANDANTE DOÑA Lucía representada el Procurador de los Tribunales DON JOSE LUIS QUIROS SECADES asistido de Letrado DON VICTOR CARRASCO MENDIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de fecha 17 de septiembre de 2008 contiene el siguiente FALLO: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Lucía contra la Comunidad de Propietarios de DIRECCION000 nº NUM000 de Valencia, condenando a la Comunidad de Propietarios de DIRECCION000 nº NUM000 de Valencia que abone a Lucía la cantidad de 5.641,62€. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas"

SEGUNDO

La Sentencia dictada estableció que la parte actora ejercita acción contra la comunidad de propietarios demandada para que le abone las cantidades satisfechas a fin de hacer cambio del solado de su planta baja por haber sido dañado como consecuencia de las obras acometidas por la comunidad.

Fijadas las consideraciones jurídicas relativas al art.9-1LPH ; de la prueba practicada ha quedado acreditado que la actora no tiene porqué soportar una reparación que desmerezca la estética de su inmueble. SAP Malaga 3-9-2004.

Implicando la restitución in integrum la recuperación de la utilidad funcional total. En cuanto a la sustitución íntegra del suelo de la prueba practicada no puede valerse la oposición de la comunidad en la testifical de dos vecinos que tienen que pagar pero si del representante de Pavimentos Alcasser que manifestó que el suelo sobre el que se trabajo era uniforme. Por lo que procede estimar la pretensión de cambio íntegro del solado a excepción del rodapiés por importe de 500 euros.

No se hace expresa imposición de costas.

TERCERO

Notificada la Sentencia, LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO C/ DIRECCION000 NUM000 - VALENCIA previa preparación interpuso recurso de apelación alegando, en síntesis, en primer lugar que el acuerdo de la comunidad con la actora adoptado en fecha de 19-12-06 supuso el cambio del pavimento afectado por las zanjas pero no la totalidad del bajo. El presupuesto que se aprobó lo fue de 7.625 euros. Va en contra de sus propios actos. Debió haber aportado un informe pericial.

Solicitando la revocación de la sentencia con absolución de la parte demandada.

CUARTO

El Juzgado dio traslado a la otra parte, DOÑA Lucía presentó escrito de oposición.

QUINTO

Las pruebas que se han practicado en primera instancia y que son objeto de nueva valoración por el Tribunal han sido:

  1. -Documental

  2. -Testifical

SEXTO

Recibidos los autos por este Tribunal, se señaló el día 25 de MARZO de 2.009 para deliberación y votación, que se verifico quedando seguidamente para dictar resolución.

SEPTIMO

Se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los contenidos en esta

PRIMERO

La cuestión planteada por la parte apelante, LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO C/ DIRECCION000 NUM000 -VALENCIA en virtud del recurso de apelación interpuesto es resolver si procede absolver...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR