SJMer nº 2 176/2014, 23 de Junio de 2014, de Palma

PonenteMARIA ENCARNACION GONZALEZ LOPEZ
Fecha de Resolución23 de Junio de 2014
ECLIES:JMIB:2014:2314
Número de Recurso131/2014

JDO. DE LO MERCANTIL N. 2

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA.-nº00176/2014

En la ciudad de Palma de Mallorca, a veintitrés de junio del año dos mil catorce.

Por mí, Mª Encarnación González López, Magistrado Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL nºDOS de dicha ciudad, VISTOS los presentes autos asentados en el Libro registro bajo el nº131/14, seguidos como proceso declarativo en reclamación de cantidad por los trámites previstos en los artículos 399 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil para el Juicio Ordinario, a instancia de DIGICOMFORT S.L, representada por el Procurador Sra. Montané Ponce y asistida del Letrado Sra. Sánchez López, contra 3MD S.L. y PROJECTE EL GAT BLANC S.L, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el expresado Sr. Procurador de la parte actora, en la representación que ostenta, se interpuso demanda de Juicio Ordinario que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, dictándose Decreto por el que se admitía aquélla a trámite y se acordaba emplazar a la parte demandada para que compareciera en autos y contestada en forma.

SEGUNDO

La parte demandada no compareció en las actuaciones, siendo declarada en situación de rebeldía procesal, señalándose día y hora para la celebración del acto de audiencia previa.

TERCERO

En el acto de audiencia previa la parte actora se ratificó en su demanda proponiendo como prueba la documental ya incorporada a los autos, quedando éstos seguidamente conclusos para dictar sentencia sin necesidad de previa celebración de juicio.

CUARTO

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales vigentes.

HECHOS

PROBADOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO.-

PRIMERO

La parte actora ejercita en su demanda, de forma acumulada, una acción personal, declarativa y de condena dirigida a obtener un pronunciamiento por el que se condene a 3MD S.L. al abono de 7.961,14 euros, y una acción tendente a exigir responsabilidad a su administrador único PROJECTE EL GAT BLANC S.L; se fundamenta la demanda en ser la entidad 3MD S.L. deudora de la actora por razón de suministro de géneros textiles en el importe que ahora se reclama; de esa deuda debe responder de forma solidaria su administrador único al haber incumplido las obligaciones que le incumbían.

A lo anterior se opone la parte demandada por constante rebeldía.

SEGUNDO

De la documental que se incorpora a la demanda se desprende el fundamento de la reclamación que se dirige contra 3MD S.L. Se unen a los documentos 1 á 5 del escrito inicial las facturas que reflejan la entrega del género, así como el pagaré firmado por la accionada para el pago del precio y que no resultó atendido. Procede, en consecuencia y en aplicación de los artículos 325 y siguientes del Código de Comercio , la estimación de la demanda en este concreto extremo.

TERCERO

A través de la acción ejercitada contra PROJECTE EL GAT BLANC S.L. se le pretende exigir responsabilidad en su condición de administrador único de 3MD S.L.

Respecto a los supuestos de responsabilidad previstos en los artículos 262.5 de la LSA y 105.5 de la LSRL (hoy regulados en el artículo 367 de la Ley de Sociedades de Capital ) deben destacarse los siguientes aspectos: -la responsabilidad del administrador por las deudas sociales, solidaria con la de la sociedad, se origina por el incumplimiento del deber de convocar la junta general o del deber de solicitar la disolución judicial, cuando concurra alguna de las causas de disolución previstas en los números 3 , 4 , 5 y 7 del apartado 1º del artículo 260 de la LSA o en los apartados c ), d ), e ) y f) del artículo 104 de la LSRL ; -se trata de una responsabilidad por deuda ajena, que constituye una auténtica pena civil por incumplimiento de deberes propios; -la intención del legislador es conseguir la disolución efectiva de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR