STSJ Asturias 1474/2015, 17 de Julio de 2015

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2015:1842
Número de Recurso1372/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1474/2015
Fecha de Resolución17 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01474/2015

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2014 0005235

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001372 /2015

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000872 /2014

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña AYUNTAMIENTO DE RIBERA DE ARRIBA

ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL GARCIA RIOS

PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Onesimo

ABOGADO/A: EDUARDO RUEDA GARCIA

PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:

Sentencia nº 1474/2015

En OVIEDO, a diecisiete de Julio de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL del T.S.J.ASTURIAS, formada por los Iltmos Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES y D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0001372/2015, formalizado por el LETRADO MIGUEL ANGEL GARCIA RIOS, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE RIBERA DE ARRIBA, contra la sentencia número 134/2015 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000872/2014, seguidos a instancia de Onesimo frente al AYUNTAMIENTO DE RIBERA DE ARRIBA, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Onesimo presentó demanda contra el AYUNTAMIENTO DE RIBERA DE ARRIBA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 134/2015, de fecha veintitrés de Marzo de dos mil quince .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

Por Decreto nº141/2006 del AYUNTAMIENTO DE RIBERA ARRIBA de fecha 9 de junio de 2006 se resolvió la convocatoria de subvenciones para la contratación laboral de jóvenes titulados efectuada por resolución de fecha 19 de julio de 2006 del Servicio Público de Empleo (BOPA 29-4-2006),que consideraba que el incremento de la actividad urbanística en el concejo con el consiguiente aumento de trabajo para la oficina técnica aconsejaba ampliar al menos temporalmente el personal dedicado a tal actividad. Con ello se resolvió la contratación de D. Onesimo con DNI NUM000 como Arquitecto con las siguientes condiciones:

Tipo de contrato:laboral temporal en prácticas, la duración máxima del contrato será de doce meses.

Retribuciones:17.940 euros brutos anuales incluidos todos los conceptos.

Jornada laboral: cuatro días cada semana en horario de 08:30 a 15:00 horas.

Funciones: todas aquellas propias de su titulación que en relación a la misma y para el desarrollo le sean encomendadas por el Ayuntamiento y específicamente, sin carácter exhaustivo, las siguientes.

a)Fiscalización de la edificación con arreglo a las ordenanzas, legislación y planeamiento urbanístico.

b)Informe de expedientes de licencias urbanísticas (obras,parcelaciones, apertura de establecimientos, primera ocupación,etc).

c)Informe de expedientes de disciplina, gestión y planeamiento urbanístico.

d)Tasaciones de inmuebles y solares e información de expedientes de tasas municipales o de cualquier otro tipo que requieran su intervención.

e)Inspección urbanística y de industrias, usos y actividades.

f)Seguimiento y certificación de obras contratadas ejecutadas por el ayuntamiento.

g)En general, cuantos trabajos, consultas e informes sean requeridos por el alcalde en relación al ejercicio profesional de la arquitectura.

SEGUNDO

D. Onesimo y el citado Ayuntamiento suscribieron contrato de trabajo en prácticas en fecha 13 de junio de 2006 a tiempo parcial(25,20 horas a la semana) con la categoría profesional de Arquitecto con duración de un año desde el 13 de junio de 2006 hasta el día 12 de junio de 2007.Este contrato se prorrogó desde el día 13 de junio de 2007 hasta el día 12 de junio de 2008. Y fue dado de baja con efectos de 12 de junio de 2008. En la relación laboral resultó de aplicación el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos.

TERCERO

D. Onesimo y el Ayuntamiento citado suscribieron nuevo contrato de duración determinada en la modalidad de eventual por circunstancias de la producción en fecha 13 de junio de 2008 con duración hasta el día 12 de diciembre de 2008, a tiempo parcial (26 horas a la semana), siendo el objeto del contrato la realización de obra consistente en refuerzo del servicio de Arquitectura del Ayuntamiento,teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa. Las partes acordaron que el contrato quedó extinguido con efectos desde el día 28 de octubre de 2008. En la relación laboral resultó de aplicación el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos.Por Decreto nº 255/2008 se resolvió cesar a D. Onesimo en el puesto de arquitecto encuadrado dentro del personal eventual de esta corporación, agradeciéndole los servicios prestados, el cese se produjo efectos desde el día 29 de septiembre de 2008.

CUARTO

El Pleno Corporativo en Sesión Ordinaria celebrada el día 18 de julio de 2008 adoptó el acuerdo de: 1ºCrear un 2º puesto de trabajo dentro del personal eventual al servicio del Ayuntamiento con las siguientes características:

Atribuciones: Son funciones de este puesto, la colaboración con el Arquitecto titular dirigida al asesoramiento técnico al Alcalde en el orden arquitectónico y urbanístico y concretamente las siguientes:

a)Fiscalización de la edificación con arreglo a las ordenanzas, legislación y planeamiento urbanístico.

b)Informe de expedientes de licencias urbanísticas (obras,parcelaciones, apertura de establecimientos, primera ocupación,etc).

c)Informe de expedientes de disciplina, gestión y planeamiento urbanístico.

d)Tasaciones de inmuebles y solares e información de expedientes de tasas municipales o de cualquier otro tipo que requieran su intervención.

e)Inspección urbanística y de industrias, usos y actividades.

f)En general, cuantos trabajos, consultas e informes sean requeridos por el alcalde en relación al ejercicio profesional de la arquitectura.

g)Seguimiento y certificación de obras contratadas ejecutadas por el Ayuntamiento.

Dedicación: La jornada laboral de este puesto es el siguiente: cuatro días cada semana en horario de

08.30 a 15.00horas.

Retribuciones: 37.458,50 # brutos anuales. Las retribuciones fijadas se incrementarán cada año en la cantidad que establezca la ley de Presupuestos Generales del Estado para retribuciones de funcionarios sin necesidad de nuevo acuerdo plenario haciéndose efectivo el incrementos simultáneamente al del resto del personal municipal.

Requisitos para su desempeño estar en posesión del título de Arquitecto Superior.

  1. Incorporar el referido puesto a la plantilla de esta corporación.

  2. Iniciar los trámites para la realización de las modificaciones que en su caso resulten necesarias en el Presupuesto General a efectos de consignar los importes que se precisen para la debida atención total de los gastos que se autorizan.

QUINTO

Por Decreto nº 270/2008 de fecha 18 de julio de 2008 se resolvió nombrar a D. Onesimo para ocupar el puesto de trabajo de Arquitecto reservado a personal eventual con las atribuciones dedicación y retribuciones acordadas por el Pleno Corporativo en sesión de fecha 18 de julio de 2008 quedando sujeto al régimen de los funcionarios, excepto al nombramiento y cese. Indicándose que el personal eventual nombrado podrá ser cesado libremente por esta Alcaldía y automáticamente cesará cuando el propio alcalde cese o expire su mandato, no implicando este nombramiento mérito para el acceso a la función pública o la promoción interna.

SEXTO

En fecha veintidós de octubre de dos mil ocho el actor tomó posesión del Puesto de arquitecto encuadrado dentro del personal eventual del Ayuntamiento.

SÉPTIMO

En el Pleno Corporativo en Sesión Extraordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2010 adoptó el acuerdo en materia de personal eventual, la modificación de condiciones de puesto de trabajo, al considerar que el incremento de la actividad urbanística en el concejo con el consiguiente aumento de trabajo para la oficina técnica aconseja ampliar el horario personal dedicado a tal actividad y en consecuencia de sus retribuciones, a la vez que dotarlo de unos complementos que le corresponden como personal eventual al amparo de lo dispuesto en el articulo 15.1 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública . Con 9 votos a favor y 2 en contra y ninguna abstención se acordó:

  1. Modificar dicho puesto de trabajo dentro del personal eventual al servicio de este Ayuntamiento de la siguiente forma y manera:

    Denominación del puesto:Arquitecto.

    Atribuciones:Son funciones de este puesto, la colaboración con el Arquitecto titular dirigida al asesoramiento técnico al Alcalde en el orden arquitectónico y urbanístico y concretamente las siguientes:

    a)Fiscalización de la edificación con arreglo a las ordenanzas, legislación y planeamiento urbanístico. b)Informe de expedientes de licencias urbanísticas (obras,parcelaciones, apertura de establecimientos, primera ocupación,etc).

    c)Informe de expedientes de disciplina, gestión y planeamiento urbanístico.

    d)Tasaciones de inmuebles y solares e información de expedientes de tasas municipales o de cualquier otro tipo que requieran su intervención.

    e)Inspección urbanística y de industrias, usos y actividades.

    f)En general, cuantos trabajos, consultas e informes sean requeridos por el alcalde...

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