STSJ Andalucía 1164/2015, 1 de Junio de 2015
Ponente | MARIA ROSA LOPEZ-BARAJAS MIRA |
ECLI | ES:TSJAND:2015:9421 |
Número de Recurso | 644/2013 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1164/2015 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2015 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
RECURSO 644/2013
SENTENCIA Nº 1164 DE 2015
Ilma. Sra. Presidenta:
Dª Inmaculada Montalbán Huertas
Ilmas. Sras. Magistradas:
Dª Mª Mar Jiménez Morera
Dª Mª Rosa López Barajas Mira
______________________________________
Granada, a uno de junio de dos mil quince.
Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en esta ciudad, se ha tramitado el recurso número 644/2013 seguido a instancia de la UNION GENERAL DE TRABAJADORES, que comparece representada por la Procuradora Dª Mª Jesús Oliveras Crespo; siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE JAÉN, en cuya representación interviene el Dª Lucía Jurado Valero. Se ha personado como codemandada la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ANDALUCIAJAEN, representada por Dª Carolina Chacón Quero.
Interpuesto recurso contencioso administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso los hechos y los fundamentos de derecho que consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala que dictase sentencia por la que, estimando íntegramente el recurso interpuesto, se anule el acto impugnado por no ser conforme a Derecho.
En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso.
No habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba, ni la celebración de vista o presentación de conclusiones, se acordó pasar los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, señalándose para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalados en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª Rosa López Barajas Mira.
El recurso se interpone contra la desestimación presunta del recurso de reposición formulado por la actora frente al punto 22 del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Jaén, de 26 de marzo de 2013, por el que se da cuenta de la iniciación del expediente para la ordenación de las retribuciones estructurales del Servicio de Policía Local y del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento; así como contra el Acuerdo del mismo órgano, de 31 de mayo de 2013, por el que se aprueba inicialmente la Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, Valoración y Plantilla Presupuestaria en relación con la ordenación de las retribuciones estructurales -complemento específico- del Servicio de Policía Local y del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Jaén.
Con carácter previo al análisis de los motivos esgrimidos por el sindicato actor, y por razones de lógica procesal, debe examinarse la causa de inadmisibilidad invocada por la corporación demandada y por la codemandada. Se alega, en concreto, la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba