SJMer nº 1 119/2014, 30 de Mayo de 2014, de Badajoz

PonenteESTER SARA VILA
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2014
ECLIES:JMBA:2014:353
Número de Recurso437/2013

JDO. DE LO MERCANTIL N. 1

BADAJOZ

SENTENCIA: 00119/2014

C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20

Teléfono: 924286421

Fax: 924286455

N04390

N.I.G. : 06015 47 1 2013 0000547

JUICIO VERBAL 0000437 /2013

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE, DEMANDANTE D/ña. ASOCIACION DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES AGEDI, ASOCIACION ARTISTAS, INTERPRETES Y EJECUTANTES, SOCIEDAD DE GESTION DE ESPAÑA

Procurador/a Sr/a. FRANCISCO JAVIER RIVERA PINNA, FRANCISCO JAVIER RIVERA PINNA

Abogado/a Sr/a. ,

DEMANDADO D/ña. Arcadio

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a.

SENTENCIA Nº 119/14

En Badajoz, a treinta de Mayo dos mil catorce.

Vistos por Dª. ESTHER SARA VILA , Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Badajoz y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el ordinal 437/13, en los que ha sido parte demandante, AGEDI y AIE , representadas por el Procurador Sr. RIVERA PINNA y asistida de Letrada Sra. LENA MARÍN y parte demandada D. Arcadio , que no compareció al acto de la vista, siendo declarado en situación de rebeldía procesal.

ANTECEDENTES

DE HECHO

PRIMERO

Por el arriba identificado como demandante se presentó demanda de juicio verbal sobre reclamación de cantidad frente al demandado, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, en la que, tras alegar los hechos y fundamentos jurídicos que estimaron oportunos y que aquí se dan por reproducidos, suplicaba finalmente la íntegra estimación de sus pedimentos.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se dio traslado de la misma al demandado, citándole para la celebración de la vista, que tuvo lugar en este juzgado, con la asistencia del demandante y la ausencia del demandado, pese a estar citado en legal tiempo y forma.

TERCERO

Abierto el acto de la vista y concedida la palabra a la parte actora, ésta se afirmó y ratificó en su escrito de demanda, solicitando el recibimiento del pleito a prueba.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, por la parte actora se propusieron las que estimó pertinentes.

QUINTO

Practicada la prueba propuesta y admitida, previa declaración de pertinencia, quedaron las actuaciones pendientes de dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ejercita por la parte actora una pretensión de dar, al solicitar se condene al demandado a abonar al actor las cantidades que se recogen en el suplico de su escrito rector.

Como hechos constitutivos de su pretensión alega la parte actora los siguientes:

Que la parte demandada explota un establecimiento público denominado discoteca El Ventorrillo, en el cual y mediante equipamiento instalado al efecto, se viene haciendo uso del repertorio de obras gestionadas por AGEDI y AIE, lo cual constituye un acto de comunicación publica que realiza el demandado en su establecimiento, sin haber obtenido para ello la previa y preceptiva autorización del actor. Señala el actor que tal comportamiento se viene produciendo desde al menos, el mes de julio de 2010.

SEGUNDO

En el caso de autos, el demandado, pese a estar citado en legal tiempo y forma, no se personó en las actuaciones en legal forma, siendo declarado rebelde en el acto de la vista.

Del examen de los preceptos de la LEC que regulan la situación procesal de rebeldía, hay fundamentales razones para afirmar que en patente contraste con otros ordenamientos extranjeros, esta institución en el ordenamiento jurídico...

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