STSJ Aragón 571/2015, 30 de Septiembre de 2015
Ponente | JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE |
ECLI | ES:TSJAR:2015:1245 |
Número de Recurso | 522/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 571/2015 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00571/2015
-CALLE COSO Nº 1
Tfno: 976208361
Fax: 976208405
NIG: 50297 34 4 2015 0103737
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000522 /2015
Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000057 /2014 Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña Silvio
ABOGADO/A: ANA BELÉN BUDRÍA LABORDA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSTALACIONES DE SISTEMAS UTEBO, S.L. ABOGADO/A:
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
Rollo número 522/2015
Sentencia número 571/2015
A.
MAGISTRADOS ILMOS. Sres:
D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ
D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO
D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE
En Zaragoza, a treinta de septiembre de dos mil quince. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación núm. 522 de 2015 (Autos núm. 57/2014), interpuesto por la parte demandante D. Silvio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza, de fecha veintiocho de Mayo de dos mil quince ; siendo demandado INSTALACIONES DE SISTEMAS UTEBO, SL, sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.
Según consta en autos, se presentó demanda por D. Silvio, contra Instalaciones de Sistemas Utebo SL, sobre reclamación de cantidad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza, de fecha veintiocho de Mayo de dos mil quince, siendo el fallo del tenor literal siguiente:
"Que estimando en parte la demanda interpuesta por D. Silvio contra la empresa INSTALACIONES DE SISTEMAS UTEBO SL, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada a abonar al actor la cantidad de 2.851,47 euros brutos, con devengo del interés de demora ya indicado".
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: "
El demandante D. Silvio, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, ha venido prestando servicios profesionales por cuenta de la empresa INSTALACIONES DE SISTEMAS UTEBO SL con la categoría profesional, antigüedad y salario bruto diario que obran al hecho primero de la demanda y que se da por reproducido, finalizando la relación laboral el 23/05/2013 por baja voluntaria.
Por la prestación de sus servicios profesionales a la demandada el trabajador ha devengado y no ha percibido la remuneración correspondiente a parte de las mensualidades de marzo (21 días), abril (29 días) y mayo (23 días) de 2013, todo ello por la cantidad bruta total de 2.851,47 #, conforme al desglose que obra al hecho tercero de la demanda y que se da pro reproducido.
Por el trabajador se instó acto de conciliación contra la empresa demandada que se tuvo por celebrada sin acuerdo. ".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.
La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por D. Silvio contra la empresa Instalaciones de Sistemas Utebo SL, condenando a esta mercantil a abonarle 2.851,47 euros en concepto de salarios adeudados y absolviéndole de la reclamación de 497,73 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas. La sentencia recurrida rechaza esta reclamación vacacional argumentando...
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