AAN, 27 de Octubre de 2015

PonenteJUAN PABLO GONZALEZ GONZALEZ
EmisorJuzgado Central de Instrucción Nº 3
ECLIES:AN:2015:182A
Número de Recurso3/2015

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN N° 003

MADRID

C/ GARCÍA GUTIÉRREZ, 1. PLANTA 3ª

Tfno: 917096522/4 Fax: 917096525

NIG: 28079 27 2 2013 0006338

SUMARIO (PROCORDINARIO) 0000003 /2015

(ANTES DILIGENCIAS PREVIAS 89/13)

AUTO DE PROCESAMIENTO

En Madrid, a veintisiete de octubre de dos mil quince. HECHOS

PRIMERO

Las presentes diligencias previas se siguen en virtud de diversas querellas, siendo admitidas parcialmente en fecha 9 de julio de 2015, las interpuestas por las representaciones de ASOCIACIÓN DIGNIDAD Y JUSTICIA, FUNDACIÓN LUIS PORTERO GARCÍA y de D. Conrado, por los delitos de lesa humanidad en relación con los delitos de asesinato cometidos a partir del uno de octubre 2004 y hasta la actualidad por los miembros de la organización terrorista ETA con capacidad decisoria sobre dichos crímenes, y posteriormente en fecha 26 de agosto de 2015 fue admitida en los mismos términos la personación de D. Joaquín .

SEGUNDO

De lo hasta ahora actuado, a los efectos presuntivos del art. 384 de la LE. Criminal, se desprende como indiciariamente acreditados los siguientes HECHOS:

  1. - La estrategia de ETA y la persecución sistemática de amplios sectores de la población como medio para alcanzar sus fines.

    La estrategia desarrollada por ETA a lo largo de su historia se ha basado en el uso combinado de la práctica del terrorismo y de la presión social para amedrentar, tanto al Estado español como a aquellos sectores de la sociedad que se oponían a su proyecto político y social. Lo que pretendía con dicha actividad terrorista era generar una situación insostenible para el Gobierno de España que le obligara a negociar políticamente con la banda terrorista y finalmente a aceptar sus pretensiones.

    Para generar dicha situación de terror en la población vasca y española, la actividad delictiva de ETA, complementada y apoyada por las actividades del resto de organizaciones del llamado MLNV, se dirige principalmente a la eliminación física (asesinato) o el amedrentamiento (mediante amenazas, extorsiones, presiones sociales de todo tipo y los atentados dirigidos a causar estragos materiales) de aquellas personas representativas, tanto de las instituciones del Estado como de sectores muy determinados de la sociedad vasca y española (grupos políticos, ideológicos, profesionales, económicos o sociales), que se caracterizaban por su oposición al proyecto político y social propugnado por la banda terrorista y su entorno, y que por ello suponían un obstáculo para la consecución de sus objetivos.

  2. - Grupos y colectivos victimas de la violencia. Los colectivos concretos de la sociedad contra cuyos representantes o miembros ETA ha dirigido su actividad terrorista, han permanecido prácticamente sin alteración desde el advenimiento de la democracia en España, sufriendo únicamente ligeras variaciones, que son consecuencia de las adaptaciones estratégicas que hacía la banda terrorista para, de acuerdo a sus análisis de la situación política y social en cada momento, mejorar la eficiencia de su actividad terrorista. Así, durante el período que se extiende desde 1978 hasta 1992, ante la creencia de que lo fundamental era presionar al Estado español, el objetivo era golpearlo en su columna vertebral, por lo que la mayor parte de las acciones terroristas de ETA se dirigen contra los "cuerpos represivos" (Guardia Civil y Policía, así como a los "colaboradores" de los mismos) y los "poderes fácticos" (las Fuerzas Armadas). No obstante, la actividad terrorista también se dirigió contra el poder económico español, contra los bienes de capital francés, contra los funcionarios de prisiones, en apoyo a reivindicaciones de tipo ecológico (Lemóniz, autovía del Leizarán... ) y cometiendo secuestros con la finalidad de procurarse fondos.

    Como ya hemos señalado, lo que caracterizaba a las personas que eran objeto de la actividad delictiva realizada por ETA y el resto de organizaciones del MLNV era su posicionamiento ideológico o su adscripción a actividades o sectores institucionales, políticos, ideológicos, profesionales o sociales que a juicio de la banda terrorista impedían o dificultaban el desarrollo de su proyecto político, económico y social.

    Así, cuando en sus inicios ETA teorizaba sobre la "guerra revolucionaria" ya señalaba como uno de los objetivos de su actividad terrorista el atemorizar a los sectores de la población que se oponían a su proyecto político.

    Ese clima de acoso, miedo e inseguridad en la sociedad vasca y española que ETA y su entorno generan con su actividad terrorista, dirigida contra determinados sectores de la población, es corroborado por informes de instituciones que defienden los derechos humanos, como la Comisaría de Derechos Humanos de la Unión Europea, o el Defensor de la Comunidad Autónoma del País Vasco ("Araterko").

    De acuerdo con los informes de dichas instituciones, la violencia generada por ETA ha creado una situación de terror en la parte de la sociedad vasca que no se identifica como nacionalista, provocando en muchas localidades y comarcas de esa Comunidad Autónoma, sobre todo en aquellas donde gobernaban grupos políticos que legitimaban o justificaban la actividad terrorista de ETA, la sensación de desvalimiento e indefensión.

  3. - Violencia de persecución.

    La violencia de ETA tiene bajo su punto de mira a numerosos colectivos que, a la luz de las atrocidades cometidas por los terroristas, están sometidos a lo que se denomina violencia de persecución.

    En las ciudades y pueblos del País Vasco afloran con mayor crudeza las enormes dificultades de muchos representantes democráticos sometidos a persecución, viendo limitado gravemente el ejercicio de sus funciones públicas, que deben ser prestadas bajo la presión constante y con riesgo de su integridad física y moral y de su propia vida. Ésta es una anormalidad de la convivencia democrática impropia de un Estado de Derecho, y que propicia que en algunos de nuestros municipios se haya producido de manera reiterada y constante un ataque a los derechos humanos y a las normas más elementales de una sociedad democrática.

    Son también muchas los agravios que soportan los miembros de los grupos perseguidos en muchos municipios vascos cuando se producen situaciones de humillación hacia las víctimas y de exaltación de los victimarios, cuando no de la propia actividad terrorista. Especialmente, en los pequeños municipios las manifestaciones de afecto o de desafecto resultan más evidentes, creándose, en algunos casos, situaciones de asfixia que han propiciado el abandono de numerosas víctimas de su localidad o incluso de la comunidad autónoma vasca. Muchas veces las víctimas adoptan la decisión de abandonar su tierra, para preservar a sus hijos del ambiente del rechazo social, especialmente lacerante, después de haber perdido a sus seres queridos.

    Fuera de las víctimas indiscriminadas, la inmensa mayoría de las personas asesinadas o heridas por ETA pertenecían previamente a los grupos y colectivos amenazados.

  4. - Características estructurales de ETA: una organización jerarquizada y compartimentada.

    A finales de los años setenta y principios de los ochenta del siglo pasado la banda terrorista ETA queda definida en cuanto a organización, estructura y principios de funcionamiento. Con el denominado "centralismo democrático" como referente, se establece una jerarquía basada en una rígida disciplina, que al amparo de la clandestinidad y la aureola que rodea a los componentes de la denominada "cúpula" o "comité ejecutivo", se convierte en una férrea dictadura de este órgano que asume todas las funciones directivas, de tal manera que no hay prácticamente nada que esa estructura dirigente no controle, impulse o dirija.

    El llamado centralismo democrático es un principio organizativo marxista de funcionamiento interno que se sustenta en la correcta interrelación de dos conceptos: "dirección única", encargada de garantizar el cumplimiento de los acuerdos, de desarrollar las tareas de dirección entre congreso y congreso y de evitar la existencia de fracciones o tendencias internas; y "democracia interna", consistente en la participación consciente de toda la militancia en la elaboración y discusión de la línea política, en la elección de los órganos de dirección y, tanto directamente como por medio de la delegación en los miembros elegidos (designados), en la práctica constante de la organización. Esto es pura teoría, porque en la realidad la vanguardia o "dirección única", que ejerce la dirección política, impone sus decisiones al resto del "sujeto político".

    El comité ejecutivo ha sido tradicionalmente el máximo órgano directivo de ETA, la "cúpula" de la banda terrorista.

    Desde finales de la década de los setenta hasta 1992, la banda mantuvo a alguno de sus miembros originales. Las sucesivas incorporaciones a esta estructura dirigente, motivadas por la detención de sus integrantes, han sido de militantes que ya realizaban labores relacionadas con el comité ejecutivo, ejerciendo de lugartenientes o de segundos de los responsables de los "aparatos" que lo componían.

    Puede decirse que gracias a esa forma de relevo entre sus miembros, ETA ha mantenido una línea de continuidad en cuanto a facultades y forma de funcionamiento, obligada a ello por su carácter clandestino, que hace imposible que cualquier modificación sea adoptada por la mayoría.

    Lo que parece evidente es que los más altos cargos jerárquicos de ETA, entendiendo por tales los máximos responsables de los aparatos históricamente más importantes, más algunos otros que han destacado por su especial carisma o ascendiente dentro de la organización y por el desempeño de ciertas funciones quizá más destacadas, han tenido un alto nivel de capacidad decisoria, tanto en la determinación de la estrategia general como en la aprobación y ejecución de tácticas y actuaciones concretas.

    En definitiva, lo...

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