ATS, 5 de Octubre de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2015:7818A
Número de Recurso1367/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Octubre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de D. Damaso se interpuso en fecha 17 de abril de 2015 recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 11 de marzo de 2015, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 496/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1437/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 61 de Madrid.

  2. - Por Diligencia de ordenación se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. David García Rimelque en nombre y representación de D. Damaso presentó escrito compareciendo en concepto de parte recurrente en fecha 6 de mayo de 2015. La procuradora Dª Almudena Gil Segura en nombre y representación de "Cuarzo Producciones, S.L." presentó escrito en fecha 6 de mayo de 20015 compareciendo ante esta Sala como parte recurrida. El procurador D. Manuel Sánchez-Puelles en nombre y representación de "Mediaset España Comunicación, S.A." presentó ante esta Sala escrito en fecha 11 de mayo de 2015 compareciendo como parte recurrida. El procurador D. Manuel Lanchares Perlado en nombre y representación de "Antena 3 Televisión" ahora "Tresmedia Corporación de medios de comunicación, S.A." presentó escrito en fecha 18 de mayo de 20015, compareciendo ante esta Sala en concepto de parte recurrida. El procurador d. Ludovico Moreno Martín Rico en nombre y representación de la entidad "La Fábrica de la Tele" presentó escrito en fecha 21 de mayo de 2015, compareciendo ante esta Sala como parte recurrida. El procurador D. Florencio Araez Martínez en nombre y representación de Dª Penélope , presentó escrito en fecha 16 de junio de 2015, compareciendo como parte recurrida ante esta Sala.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Damaso al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias de los escritos de interposición de los recursos de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas y al MINISTERIO FISCAL para que, en su caso, formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Damaso contra la Sentencia dictada, en fecha 11 de marzo de 2015, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 496/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1437/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 61 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, al MINISTERIO FISCAL y las partes demandadas para que, en su caso, formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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