ATS, 30 de Septiembre de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:7444A
Número de Recurso2190/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Septiembre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Bienvenido presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 30 de mayo de 2014 , aclarada por auto de 3 de julio de 2014, por la Audiencia Provincial de Granada -Sección 5ª- en el rollo de apelación nº 646/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 688/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Motril.

  2. - Remitidos los autos por la Audiencia, previo emplazamiento de las partes, se ha personado el procurador D. José Ramón Couto Aguilar, en nombre y representación de D. Gines , en calidad de parte recurrida y la procuradora Dña. Virginia Gutiérrez Sanz, en nombre y representación de D. Bienvenido , en calidad de parte recurrente.

  3. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y recursos extraordinarios por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D. Bienvenido al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Bienvenido contra la sentencia dictada, con fecha 30 de mayo de 2014 , aclarada por auto de 3 de julio de 2014, por la Audiencia Provincial de Granada -Sección 5ª- en el rollo de apelación nº 646/2013 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 688/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Motril.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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