SAP Barcelona 278/2015, 16 de Junio de 2015
Ponente | JOSE MANUEL REGADERA SAENZ |
ECLI | ES:APB:2015:7463 |
Número de Recurso | 442/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 278/2015 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 442/2014-M
Procedencia: Juicio Ordinario nº 467/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Barcelona
S E N T E N C I A Nº 278/2015
Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª. MIREIA RÍOS ENRICH
D. JOSÉ MANUEL REGADERA SÁENZ
En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de junio de dos mil quince.
VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 467/2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Barcelona, a instancia de ECCO INSTALACIONES, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales
D. IGNACIO DE ANZIZU PIGEM y asistida por el Letrado D. SEBASTIÁN RIVERO GALÁN, contra HENNES & MAURITZ, S.L. (H&M), representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. MARTA PRADERA RIVERO y asistida por la Letrada Dª. MARÍA GONZÁLEZ NAVARRETE, y contra G-56, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. ALBERT RAMENTOL NORIA y asistida por la Letrada Dª. LOLA CASAS-ALJAMA VÁZQUEZ, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de los recursos de apelación interpuestos por ambas partes codemandadas contra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 10 de marzo de 2014.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por ECCO INSTALACIONES, S.L. contra HENNES & MAURITZ, S.L. y contra G-56, SOCIEDAD ANÓNIMA, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada G-56, SOCIEDAD ANÓNIMA a abonar a la actora la suma de CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS euros CON TREINTA Y UN céntimos, y, solidariamente con ella, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada HENNES & MAURITZ, S.L. a abonar a la actora la suma de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS euros CON CINCUENTA Y DOS céntimos, más los intereses legales desde la presentación de la demanda. Todo ello con imposición a G- 56, SOCIEDAD ANÓNIMA de las costas causadas a su instancia a la actora ECCO, sin hacer pronunciamiento alguno en cuanto a las costas causadas por HENNES & MAURITZ, S.L. a la actora.
Y, desestimando la reconvención formulada por G-56, SOCIEDAD ANÓNIMA contra ECCO INSTALACIONES, S.L., DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada reconvencional de los pedimentos formulados en su contra, con imposición a la actora reconvencional de las costas procesales derivadas de la reconvención.".
Contra la anterior Sentencia interpusieron recurso de apelación ambas partes codemandadas mediante sus escritos motivados, de los que se dio el correspondiente traslado, oponiéndose a los mismos la parte actora. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.
Se señaló para votación y fallo el día 02 de junio de 2015.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL REGADERA SÁENZ.
Por parte de las representaciones procesales de G-56, S.A. y de HENNES & MAURITZ, S.L. se interponen sendos recurso de apelación contra la Sentencia dictada el día 10 de marzo de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Barcelona en Juicio ordinario 467/2012.
La mencionada resolución estimó parcialmente la demanda interpuesta por ECCO INSTALACIONES, S.L. contra los apelantes y condenó a abonar a dicha parte actora 48.272, 31 euros a G-56, S.A. y, de esa cantidad, solidariamente a HENNES & MAURITZ, S.L. la de 33.276,52 euros. Es decir, que estimó totalmente la demanda frente a G-56, S.A. y parcialmente frente a HENNES & MAURITZ, S.L. La reclamación se basa en que la actora fue subcontratada por G-56, S.A. para efectuar parte de la obra para cuya construcción había sido contratada por HENNES & MAURITZ, S.L. La actora alega que no le ha sido abonado el precio de la obra y reclama tanto a la contratista como a la dueña de la obra en virtud de lo prevenido por el art. 1597 del Cc . La demandada G-56, S.A. formuló reconvención en petición de que la actora fuera condenada a la cantidad de 15.265,69 euros, al alegar que no sólo no debía nada a la actora sino que ésta le debía a ella por haber realizado defectuosamente los trabajos y no haberlos efectuado en el tiempo acordado, lo...
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