SAP Alicante 144/2015, 7 de Julio de 2015
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 144/2015 |
Fecha | 07 Julio 2015 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE
SECCION OCTAVA.
TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA
ROLLO DE SALA Nº 203 (117) 15
PROCEDIMIENTO Juicio Ordinario 2306/12
JUZGADO Instancia num. 12 Alicante
SENTENCIA Nº 144/15
Ilmos.
Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera
Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual
Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán
En la ciudad de Alicante, a siete de julio del año dos quince
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario sobre cumplimiento de acuerdo social, seguido en instancia con el número 2306/12 ante el Juzgado de Primera Instancia número doce de los de Alicante y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante, la asociación deportiva Alicante Recreativo Club de Fútbol, representada en este Tribunal por el Procurador Dª. María Auxiliadora Márquez Muñoz y dirigida por el Letrado D. Jordi Aparisi Seguí; y como parte apelada la asociación deportiva Alicante Club de Fútbol, en concurso de acreedores, representado por la administración concursal, que no ha presentado escrito de oposición.
Por el Juzgado de Primera número doce de los de Alicante, en los referidos autos tramitados con el núm. 2306/12, se dictó sentencia con fecha 2 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que.estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Márquez Muñoz en nombre y representación de Alicante Recreativo Club de Fútbol contra Alicante Club de Fútbol, debo condenar y condeno a la demandada a retirar todas las inscripciones de equipos a categorías inferiores (juveniles a prebenjamines), llevando a cabo todo lo necesario y colaborando para que las licencias de jugadores de equipos de categorías inferiores que constan inscritos a su nombre se puedan inscribir a nombre del Alicante Recreativo Club de Fútbol, con desestimación expresa del resto de las pretensiones deducidas en la demanda y sin especial pronunciamiento en materia de costas. ".
Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte arriba referenciada; y tras tenerlo por interpuesto, se dio traslado a la parte demandada, que no presentó escrito de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 18 de mayo de 2015 donde fue formado el Rollo número 203/117/15 y se acordó señalar para la deliberación, votación y fallo el día 7 de julio de 2015, en el que tuvo lugar. TERCERO.- En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.
La cuestión que se debate de entre las formuladas por el club deportivo Alicante Recreativo Club de Fútbol en su demanda, es la relativa al acceso de los equipos integrados en el citado club en los terrenos deportivos de Villafranqueza con, al menos, un tiempo equivalente al mismo horario que ha tenido el Alicante Club de Fútbol en la temporada 2011/2012.
El Tribunal de instancia, tras considerar válido y eficaz el acuerdo adoptado por la Asamblea General Extraordinaria del Alicante Club de Fútbol de 22 de marzo de 2012 como base para el otorgamiento del acta de constitución de un nuevo club de fútbol, el Alicante Recreativo Club de Fútbol, y considerar que en base al mismo los equipos menores del Alicante ha quedado desgajados de éste para transmitirse al club de nueva creación -Alicante Recreativo-, con la consecuente cesión o transferencia de sus jugadores, estima la pretensión relativa al punto primero del suplico de la demanda sobre la obligación del Alicante Club a retirar de las inscripciones de los equipos de categorías...
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