STSJ Andalucía 975/2015, 11 de Mayo de 2015

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2015:8310
Número de Recurso2090/2009
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución975/2015
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO 2090/2009

SENTENCIA NÚM. 975 DE 2015

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Toledano Cantero

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Jesús Rivera Fernández

Don Luis Ángel Gollonet Teruel

______________________________________

En la ciudad de Granada, a once de mayo de dos mil quince. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2090/2009, seguido a instancia de DON Agapito Y DON Bernardino, que comparecen representados por la Procuradora doña Rosario Jiménez Martos y asistidos de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía. Ha intervenido como parte codemandada la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR que comparece representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 1 de diciembre de 2009, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud deducida por don Agapito y don Bernardino con fecha 30 de abril de 2009 ante la Agencia Andaluza del Agua, en reiteración de otra presentada el día 29 de febrero de 2008 ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, para ampliación de superficie autorizada para riego en expediente concesional de aguas NUM000 . Posteriormente se presentó escrito de 13 de mayo de 2010 por el que se amplio el recurso contencioso administrativo a la resolución expresa de fecha 21 de diciembre de 2009, dictada por 21 de diciembre de 2009 por el Director General del Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, expediente NUM001 (TC 01/2118), por la que se deniega la ampliación de superficie de riego solicitada, por su incompatiblidad con la planificación hidrológica de cuenca. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando la resolución recurrida y se condene a la demanda a autorizar la modificación de las características de la concesión en los términos solicitados.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso y en su defecto desestimando el recurso contencioso administrativo. En el mismo trámite la parte codemandada, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir solicitó la desestimación del recurso contencioso administrativo.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo...

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