SAP Valencia 553/2015, 21 de Julio de 2015

PonenteLAMBERTO JUAN RODRIGUEZ MARTINEZ
ECLIES:APV:2015:2587
Número de Recurso231/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución553/2015
Fecha de Resolución21 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

- - -SECCIÓN TERCERA

Rollo de Apelación Penal nº 231/2015

Procedimiento Abreviado nº 299/2014 del

Juzgado de lo Penal de Valencia nº 12

Procedimiento Abreviado nº 88/2013 del

Juzgado de Instrucción de Sagunt nº 5

SENTENCIA Nº 553/15

Ilmas. Señorías:

PRESIDENTA: Doña Mª CARMEN MELERO VILLACAÑAS LAGRANJA

MAGISTRADA: Doña LUCÍA SANZ DÍAZ

MAGISTRADO: Don LAMBERTO J. RODRÍGUEZ MARTÍNEZ

En la ciudad de Valencia, a veintiuno de julio de dos mil quince.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia nº 250/2015 de fecha 04-06-2015 del Juzgado de lo Penal de Valencia nº 12 en Procedimiento Abreviado nº 299/2014, por delito de alzamiento de bienes.

Han intervenido en el recurso, como apelantes Romeo, Isabel, Victorino, Miriam, Luis Pedro, Salvadora, Ana, Celestina y Ambrosio, representados por la Procuradora de los Tribunales Dª María Amparo Lacomba Benito y defendidos por el Letrado D. José Ignacio Badenes Barrufat, y como apelados el Ministerio fiscal, representado por Dª Cruz Becerra, la entidad Cajas Rurales SCC, representada por el Procurador de los Tribunales D. Gonzalo Sancho Gaspar y defendida por el Letrado D: Rafael Sanjerónimo Benavent, y la entidad Banco Santander SA, representada por el Procurador de los Tribunales D. Gonzalo Sancho Gaspar y defendida por el Letrado D. Vicente Morillo Giner, y ha sido Ponente el Magistrado D. LAMBERTO J. RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "Los acusados Romeo, Luis Pedro, Victorino, Isabel y Miriam - todos ellos mayores de edad y cuyos antecedentes penales no constan- eran miembros de la Cooperativa VIGUETAS RIBE, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA, que había sido constituida el 31 de julio de 1985, domiciliada en Carretera Alfara de Algimia s/n de Algimia de Alfara (Valencia), ostentando en el Consejo Rector Romeo el cargo de Presidente y Luis Pedro el de Secretario. Isabel, que era la esposa de Romeo, también trabajaba en la Cooperativa como administrativa.

VIGUETAS RIBE, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA tenía contratada con Caja Rural del Mediterráneo, RURALCAJA, Sociedad Cooperativa de Crédito -actualmente fusionada en CAJAS RURALES UNIDAS SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO-, desde el año 2003, una póliza de crédito, nº 3082 1246 06 4935879581, con un límite de 300.000 euros, que se renovaba anualmente por acuerdo de las partes, interviniendo en la misma, en esa póliza inicial, como fiadores solidarios de las obligaciones de la acreditada, Romeo, Luis Pedro y Victorino .

Esta condición de los citados acusados en la póliza de crédito se mantuvo en las posteriores renovaciones hasta el año 2010: en la realizada el 3 de enero de 2006 Romeo, Victorino y Luis Pedro presentaron sendas declaraciones de bienes de los que eran titulares a la Entidad Ruralcaja. En la renovación de la póliza de crédito realizada el 2 de marzo de 2009 intervinieron asimismo como fiadores solidarios de las obligaciones de la acreditada, renovación que había sido autorizada por el Consejo Rector de la Cooperativa en reunión celebrada el 23 de enero de 2009, facultando a Romeo para que "actuando en nombre y representación de la sociedad y obligándola de pleno derecho, otorgue y firme cuantos documentos sean necesarios para constituir dicho préstamo" y "para que, ante notario de su elección, eleven a públicos los acuerdos adoptados, en los términos consignados, y efectúe cuantos actos y contratos públicos o privados se requieran para la más completa validez y eficacia jurídica de los mismos. El 18 de febrero de 2010 VIGUETAS RIBE, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA y, en calidad de fiadores solidarios, Romeo, Luis Pedro y Victorino firmaron un documento solicitando la renovación de la mencionada póliza de crédito, que se efectuó el 5 de marzo de 2010, con la misma intervención de las partes: la Entidad como acreditada y sus tres socios como fiadores solidarios. La renovación había sido aprobada por el Consejo Rector de la Cooperativa en reunión de la misma fecha, 5 de marzo de 2010, facultando al Presidente, Sr. Romeo, en los mismos términos en los que se había hecho para la renovación del año 2009.

Mediante escritura pública otorgada el 29 de julio de 2010, VIGUETAS RIBE, SOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA y Banco Español de Crédito S.A. (hoy Banco de Santander S.A.) celebraron un contrato de préstamo hipotecario por importe de 195.000 euros en el que intervinieron como fiadores solidarios de la prestataria, entre otros, Romeo, Victorino, Luis Pedro, Isabel y Miriam .

La situación económica de la Cooperativa era, al menos desde febrero de 2009 y hasta que, como consecuencia de ello, solicitó concurso de acreedores, muy complicada, circunstancia evidentemente conocida por sus socios, en particular, en lo que aquí interesa, por los acusados Romeo, Luis Pedro, Victorino, Isabel y Miriam, quienes fueron conociendo, debido a esa situación, durante ese tiempo, la alta probabilidad, cercana a la certeza o equivalente a ésta, de que la Cooperativa no pudiese hacer frente al pago de sus deudas:

- En Junta General celebrada el 27 de febrero de 2009, aparte de renovar el Consejo Rector (como Presidente el Sr. Romeo, como Secretario el Sr. Luis Pedro y como Tesorero el Sr. Victorino ) tras indicar "que el próximo día 01/03/2009 vence la póliza de crédito de Ruralcaja y todos los asistentes están de acuerdo para su renovación, es por lo que se solicita a la entidad su renovación...", se indicaba lo siguiente: "... en lo que respecta a la contratación de obras este es el principal y gran problema, no hay obras... Se están suspendiendo muchas obras que ya estaban en marcha... Hemos triplicado nuestra oferta a clientes y no llegamos a funcionar ni al 40% de nuestra capacidad. Los precios de venta están cayendo en picado. En cuanto a la morosidad, estamos teniendo muchos problemas para cobrar, muchos retrasos en los pagos. En cuanto a los bancos comentar que la situación ha cambiado radicalmente, lo que muchos años ha sido bueno y valido ahora es malo, explico a los socios como el funcionamiento de las Pólizas de Crédito y las Pólizas de Descuento comercial y se comenta como la situación actual de las mismas, los bancos empiezan a poner problemas para las renovaciones y piden aumento de garantía. En el punto 4 Romeo explica como está el tema del ERE y que mientras dure esta situación de incertidumbre con el trabajo, se irá solicitando ERE para todos los trabajadores si hace falta...".

- El 27 de marzo de 2009 se celebró nueva Junta General en la que "El Sr. Presidente abre la reunión dando la noticia de la gravedad de la situación económica. Ribe lleva 49 años funcionando ininterrumpidamente y nunca se había visto en una situación como la actual. Los factores principales que desencadenan esta situación son: Incremento brutal de la morosidad, los bancos han cerrado totalmente la concesión de créditos, las garantías que piden son imposibles de asumir, nos están obligando a cancelar obligatoriamente las pólizas de Crédito, las pólizas de descuento comercial, y por último desaparición completa de la demanda de trabajo. Por todo esto nos vemos obligados a para la fabricación y adoptar las siguientes medidas de carácter extraordinario: a) bajada de nominas de los socios a 1.000 euros de salario neto a excepción de Cornelio y Romeo que se quedarán como están al tener éstos una edad de más de 50 años y podría afectar a la jubilación. Aunque el ingreso a estos dos socios será de 1.000 euros de salario

  1. Quedan suprimidas las horas extraordinarias solamente se trabajarán horas extraordinarias en caso de extrema necesidad y se compensaran con días festivos o vacaciones. En cuanto al punto nº 2 y 3 y como ya se ha explicado, los bancos no renuevan pólizas de Crédito, ofrecen, prestamos es por lo que se solicita a Banco Pastor un prestamos -sic- ICO por un importe de 111.000 euros y una póliza de descuento por un importe de 50.000 euros y al Banco Popular, para la refinanciación de la Póliza de Crédito, un préstamo por un importe de 150.000 euros...".

- En la Junta General celebrada el 26 de febrero de 2010: "Empezamos con la reunión con el punto 1º en el cual se va a solicitar la renovación de la póliza de crédito de Ruralcaja por un importe de 300.000 euros cuyo vto. es el próximo día 01/03/2010 y aprovechamos para solicitar un aval bancario como garantía del aplazamiento del IVA del 2º T 2009 que se pidió aplazamiento con garantía de aval como así nos lo conocía según contrato Ruralcaja... en cuanto a pagos a proveedores, la situación es muy complicada, venimos retrasando pagos desde septiembre 2009 lo cual nos está provocando un mayor endeudamiento, la morosidad ha subido a límite insostenibles... Por otra parte la situación con los Bancos es de colapso total... Debido a toda esta situación me he visto en la obligación de pagar algunos recibos de mi cuenta particular que eran imprescindibles para continuar la actividad comercial...".

- En la Junta General celebrada el 31 de marzo de 2010, cuando ya se había renovado la póliza de crédito con RURALCAJA, se reunieron los miembros de la Cooperativa "para comentar que BBV nos propone que han salido los prestamos ICO y que podríamos aprovechar esta línea para solicitar un ptmo. Y refinanciar deuda de cuotas correspondientes a otros ptmos y que no se han podido atender a su vt. Se solicita".

- En la Junta General celebrada el 23 de julio de 2010 se indica lo siguiente: "... solicitar a Banesto un ptmo. Hipotecario por un importe de 195.000 euros a 144 meses con la garantía de la nave, o sea otra hipoteca sobre la...

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