SAP Alicante 157/2015, 12 de Junio de 2015

PonenteJOSE LUIS UBEDA MULERO
ECLIES:APA:2015:1325
Número de Recurso53/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución157/2015
Fecha de Resolución12 de Junio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

A.P. de Alicante (5ª.) Rollo 53-B/15

1

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª . Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª . María Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a doce de junio de dos mil quince.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 157

En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada INVERCON REIGO, S.L. y PROMETOSA CONSTRUCCIONES S.L., representada por el Procurador D. Angel Bautista Díez de la Lastra y dirigida por la Letrado Dª . Mari Cruz Marín Ayala, frente a la parte apelada CONSORCIO DE PROMOCIÓN Y VIVIENDA DE ALICANTE S.L. (antes CONSORCIO DE PROMOCIÓN Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA S.L.), representada por el Procurador D. Lorenzo Guich Giménez y dirigida por la Letrada Dª . Carmen Fuster Miñana, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Luis Úbeda Mulero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Benidorm, en los autos de Juicio Ordinario núm. 1392/2010, se dictó en fecha 14 de octubre de 2014 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que ESTIMANDO como ESTIMO íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. MARIA DOLORES SUCH MUÑOZ en nombre y representación de la actora: CONSORCIO DE PROMOCIÓN Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L. contra las demandadas: INVERCON REIGO, S.L. y PROMETOSA CONSTRUCCIONES, S.L. debo:

  1. - Declarar y declaro, resuelto y extinguido el contrato privado de compraventa de fecha 21 de junio de 2006 suscrito por las partes, con efectos desde el día 21 de junio de 2009, por aplicación de la Cláusula Resolutoria contenida en la Estipulación 5ª del mismo.

  2. - Declarar y declaro, el derecho de CONSORCIO DE PROMOCION Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L. a que se le restituyan las cantidades entregadas por ésta, tanto a la mercantil INVERCON REIGO, S.L. como a la mercantil PROMETOSA CONSTRUCCIONES S.L., más los intereses pactados devengados por dichas cantidades. 3.- Condenar y condeno a la mercantil demandada, INVERCON REIGO, S.L., a que le haga pago a actora, CONSORCIO DE PROMOCION Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L., de la suma de

    1.553.058,98 euros en concepto de principal, más la suma de 29.717,04 euros en concepto de intereses pactados al 2,11% anual, devengados por dicha suma de principal, desde el día 21-06-2009 hasta el día 17-05-2010.

  3. - Condenar a la mercantil demandada, PROMETOSA CONSTRUCCIONES, S.L., a que le haga pago a la actora, CONSORCIO DE PROMOCION Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L. de la suma de

    7.137.042,70 euros en concepto de principal, más la suma de 136.563,89 euros en concepto de intereses pactados al 2,11% anual, devengados por dicha suma de principal, desde el día 21-06-2009 hasta el día 17-05-2010.

  4. - Condenar y condeno a la mercantil demandada, INVERCON REIGO, S.L., a que le haga pago a actora, CONSORCIO DE PROMOCION Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L., de los intereses pactados al 2,11% anual, devengados por la suma de 1.553.058,98 euros, desde el día 18-05-2010 hasta la fecha de la presente resolución, con más los intereses por mora procesal del artículo 576 de la LEC, desde la fecha de la presente resolución, hasta la fecha en que se le haga entero y cumplido pago por la citada demandada a la actora de la indicada suma.

  5. - Condenar y condeno a la mercantil demandada, PROMETOSA CONSTRUCCIONES, S.L., a que le haga pago a actora, CONSORCIO DE PROMOCION Y VIVIENDA SANTA ANA INMOBILIARIA, S.L., de los intereses pactados al 2,11% anual, devengados por la suma de 7.137.042,70 euros, desde el día 18-05-2010 hasta la fecha de la presente resolución, con más los intereses por mora procesal del artículo 576 de la LEC

    , desde la fecha de la presente resolución, hasta la fecha en que se le haga entero y cumplido pago por la citada demandada a la actora de la indicada suma.

  6. - Condenar y condeno a las demandadas, INVERCON REIGO, S.L. y PROMETOSA CONSTRUCCIONES, S.L., al pago mancomunado de las costas procesales causadas en este procedimiento, que corresponda a cada una de ellas.

    Y todo ello, sin perjuicio del derecho de prenda que sobre los créditos objeto de este procedimiento pueda ostentar, en su caso, la acreedora prendaria: BANCAJA / BANKIA, S.A / SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACIÓN BANCARIA: SAREB; a quienes se les notificará la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 150-2 de la LEC ; a los efectos legales y demás que procedan. "

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación número 53/2015, señalándose para votación y fallo el pasado día 27 de abril de 2015, en que tuvo lugar.

TERCERO

Con fecha 30 de abril de 2015 se dictó por este Tribunal la Sentencia nº 108, que fue anulada por auto de fecha 9 de junio de 2015, reponiéndose las actuaciones al momento inmediatamente anterior a su redacción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en el procedimiento de juicio ordinario seguido ante el Juzgado, estimatoria de demanda sobre resolución de contrato privado de compraventa de inmuebles con devolución de cantidades entregadas a cuenta y sus intereses, en cuantía de 7.137.042,40 y 136.563,89 euros para una de las demandadas y de 1.553.058,98 y 29.717,04 euros para la otra, interponen ambas demandadas el presente recuso de apelación en el que reproducen la excepción de falta de legitimación activa desestimada en la instancia y combaten también el pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

SEGUNDO

Como circunstancias fácticas que se desprenden de las pruebas practicadas, resumen de las más detalladas reflejadas en la sentencia del Juzgado, y que son necesarias para resolver el presente recurso deben destacarse: 1ª) Con fecha 21 de junio de 2006, la mercantil, como compradora y las dos mercantiles demandadas, como propietarias vendedoras, suscribieron un contrato privado de compraventa sobre diversas fincas resultantes del Proyecto de Reparcelación del P.D. A.I. del Sector P.A.U. 1 "El Murtal" del P.G.O.U de Benidorm, que se describen en la sentencia de primera instancia y sobre cuya identificación no se ha planeado discusión, siendo el precio total pactado de 86.901.016,65 euros, IVA excluido. 2ª) La actora satisfizo a las demandadas las cantidades que como principal se reclaman respectivamente en la demanda y que se han dejado reflejadas supra. 3ª) En el contrato se pactó como condición resolutoria que quedaría resuelto de pleno derecho si en el plazo de un año a contar...

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