SAP Guipúzcoa 193/2015, 20 de Julio de 2015
Ponente | LUIS BLANQUEZ PEREZ |
ECLI | ES:APSS:2015:632 |
Número de Recurso | 3198/2015 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000 |
Número de Resolución | 193/2015 |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA - SECCIÓN TERCERA GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA - HIRUGARREN SEKZIOA SAN MARTIN 41-2ª planta - C.P./PK: 20007
Tel.: 943-000713
Fax / Faxa: 943-000701
NIG PV / IZO EAE: 20.05.2-14/002702
NIG CGPJ / IZO BJKN :20.069.42.1-2014/0002702
A.p.ordinario L2 / E_A.p.ordinario L2 3198/2015
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Donostia / Donostiako Lehen Auzialdiko 4 zk.ko Epaitegia
Autos de Procedimiento ordinario 191/2014 (e)ko autoak
Recurrente / Errekurtsogilea: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUMERO NUM000 DE SAN SEBASTIAN
Procurador/a/ Prokuradorea:JESUS ARBE MATEO
Abogado/a / Abokatua: JUAN JOSE QUEVEDO RUIPEREZ
Recurrido/a / Errekurritua: Nuria
Procurador/a / Prokuradorea: JUAN CARLOS FERNANDEZ SANCHEZ
Abogado/a/ Abokatua: ANTONIO MARTINEZ MOLINA
S E N T E N C I A Nº 193/2015
ILMOS/AS. SRES/AS.
D/Dª. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL
D/Dª. LUIS BLANQUEZ PEREZ
D/Dª. MARIA CARMEN BILDARRAZ ALZURI
En DONOSTIA / SAN SEBASTIAN, a veinte de julio de dos mil quince.
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa - Sección Tercera, constituida por los/as Ilmo/as. Sres/as. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario 191/2014 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Donostia, a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUMERO NUM000 DE SAN SEBASTIAN, apelante - demandada, representada por el Procuradora Sr. JESUS ARBE MATEO y defendida por el Letrado Sr. JUAN JOSE QUEVEDO RUIPEREZ, contra Dª. Nuria, apelada - demandante, representada por el Procurador Sr. JUAN CARLOS FERNANDEZ SANCHEZ y defendida por el Letrado D. ANTONIO MARTINEZ MOLINA; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 12-2-2015 .
Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Donostia-San Sebastián, se dictó sentencia con fecha 12 de febrero de 2015, que contiene el siguiente
FALLO
"Estimo parcialmente la demanda efectuada por Dña. Nuria contra la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de San Sebastián, declarando la nulidad de los acuerdos adoptados en la Junta Ordinaria de 10 de diciembre de 2013, en los puntos 7, 8 y 9, con el siguiente contenido " que todas las obras en la cubierta y fachada del cierre, como arreglos, cambios, sustituciones, etc., así como todos los arreglos de los daños ocasionados o procedentes del cierre, los tengan que sufragar los propietarios de las viviendas NUM001 y NUM002 que son los que tienen realizado el cierre", y " todos los daños afectados por el cierre, sean sufragados por los propietarios de las viviendas del cierre ( NUM002 y NUM001 ).
Respecto a las costas del proceso al haber sido estimada parcialmente la demanda corresponde a cada parte el pago de las costas que hubieran causado, siendo las comunes por mitad."
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, que fue admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictándose resolución señalando el día 24 de junio de 2015 para la deliberación y votación.
En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales. VISTO.-Siendo Ponente en esta instancia el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS BLANQUEZ PEREZ.
Dentro del procedimiento de Juicio Ordinario 191/2014, tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Sebastián, se dictó sentencia con fecha 12/02/2015, estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador D. Juan Carlos Fernández Sánchez en nombre y representación de Dña. Nuria, declarando la nulidad de los Acuerdos 7, 8 y 9 adoptados en Junta Ordinaria de 10 diciembre de 2013, Comunidad del nº NUM000 de la CALLE000 de San Sebastián.
Notificada la resolución interpuso contra la misma recurso de Apelación el procurador D. Jesus Arbe Mateo en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios CALLE000 nº NUM000 de San Sebastián por errónea apreciación de la documentación aportada.
Siguiendo el hilo argumental del juzgador de instancia tendríamos fundamentalmente como: - se recogían primero, los diferentes tipos de terraza a considerar según fueren
comunes, privativas, o comunes de uso privativo.
- en segundo lugar se hablaba de los problemas que se planteaban normalmente
respecto a los gastos de conservación / reparación, dado que según fueren
calificados serían atendidos por el usuario o por la comunidad, sin dejar nunca
de ser, obviamente, parte de la cubierta del edificio, diferenciando :
a).- el mantenimiento normal a cargo del usuario.
b).- el extraordinario a atender por todos los copropietarios.
Dicho ello y ya centrado en el caso en cuestión indicaba como en el referido inmueble la terraza era de manera indiscutible un elemento...
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ATS, 7 de Febrero de 2018
...la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa (Sección Tercera) con fecha 20 de julio de 2015, en el rollo de apelación n.º 3198/2015 , dimanante del procedimiento ordinario n.º 191/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de San Mediante diligencia de ordenación de fech......