SAP Madrid 212/2015, 13 de Julio de 2015

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA
ECLIES:APM:2015:9752
Número de Recurso394/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución212/2015
Fecha de Resolución13 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Undécima

C/ Ferraz, 41, Planta 2 - 28008

Tfno.: 914933922

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0069387

Recurso de Apelación 394/2014

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1493/2011

APELANTE: D./Dña. Josefa y D./Dña. Juan Ignacio

PROCURADOR D./Dña. ANTONIO RAFAEL RODRIGUEZ MUÑOZ

APELADO: D./Dña. Camilo

PROCURADOR D./Dña. JESUS IGLESIAS PEREZ

D./Dña. Felipe y MUSAAT MUTUA DE SEGUROS

PROCURADOR D./Dña. JOSE RAMON COUTO AGUILAR

CONSULTORES Y TECNICOS DE INVERSION SA

PROCURADOR D./Dña. ANA LLORENS PARDO

JOCA INGENIERA Y CONSTRUCCIONES S.A.

PROCURADOR D./Dña. RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ

ASEMAS-MUTUA DE SEGUROS Y REASGUROS A PRIMA FIJA, S.A.

GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID SL

D./Dña. Marino

SENTENCIA

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILMO/A SR./SRA. PRESIDENTE :

D. ANTONIO GARCÍA PAREDES

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D. CESAREO DURO VENTURA

Dña. MARÍA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA En Madrid, a trece de julio de dos mil quince.

La Sección Undécima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1493/2011 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguido entre partes de una como apelantes Dña. Josefa y D. Juan Ignacio, representados por la Procuradora Don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, y de otra como apelados CONSULTORES Y TÉCNICOS DE INVERSIÓN, S.A., representada por la Procuradora Doña Ana Llorens Pardo, Don Camilo, representado por el Procurador Don Jesús Iglesias Pérez, D. Felipe y MUSAAT MUTUA DE SEGUROS, representados por el Procuradora Don José Ramón Couto Aguilar, JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A., representados por el Procurador D. Ramiro Reynolds Martínez, ASEMAS-MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, S.A., GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID, S.L. y D. Marino ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 13/01/2014 .

VISTO, Siendo Magistrado Ponente Dña. MARÍA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid se dictó Sentencia de fecha

13/01/2014, cuyo fallo es del tenor siguiente: 1º.- ESTIMO PARCIALMENTE la demanda formulada por CONSULTORES Y TÉCNICOS DE INVERSIÓN S.A. contra D. Marino, GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID S.L, JOCA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES SA, D. Juan Ignacio, Dª Josefa y D. Felipe .

  1. - ABSUELVO a D. Marino de los pedimentos de la demanda.

  2. - CONDENO a los demandados solidariamente hasta donde alcance el importe de su condena, al pago a la parte actora de las siguientes cantidades, con el interés legal desde la interpelación judicial:

    a GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID S.L., 223.535,06 euros

    a JOCA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES SA, 216.603,44 euros.

    a D. Juan Ignacio y Dª Josefa, 204.550,94 euros.

    a D. Felipe, 163.419,94 euros.

  3. - DECLARO, sin pronunciamiento de condena, que las deficiencias de las instalaciones de calefacción, agua caliente y saneamiento imputables a D. Camilo son las que constan en la página 16 del informe pericial de Romero&Sureda S.L:

    En la instalación de calefacción, defectuosa colocación de las sondas, estando valorada su reparación en 356,70 euros.

    En la instalación de fontanería, ausencia de aislamiento térmico incumpliendo la normativa RITE 03.01 y la existencia de inodoro en que el agua sale caliente, por cambio de las redes de agua, cuya reparación asciende a 6.574,92 euros.

  4. - Sin expresa condena en COSTAS salvo las causadas a instancia de D. Marino que se imponen a la parte actora.>>

    Y, auto aclaratorio de fecha 23/01/2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: >

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Don Juan Ignacio y Doña Josefa, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria. La representación de CONSULTORES Y TECNICOS DE INVERSIÓN, S.A., la de Don Felipe y MUSAAT MUTUA DE SEGUROS y la representación de JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A, presentaron escritos oponiéndose al referido recurso y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El presente recurso trae causa de la demanda presentada por CONSULTORES Y

TECNICOS DE INVERSION, S.A., ejercitando acumuladamente acción frente a la Promotora GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID, S.L. ( art. 9 LOE ), a la Constructora JOCA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, S.A. ( art. 11 LOE ), arquitectos directores de obra DÑA. Josefa y D. Juan Ignacio ( art. 12 LOE ), aparejadores directores de ejecución de la obra D. Felipe y D. Marino ( art. 13 LOE ), así como contractual frente a la Promotora ( art. 17.9 LOE ). También se ejercita acción frente a ASEMAS MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, S.A., como aseguradora de los mencionados arquitectos superiores, y MUSAAT MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, S.A., como aseguradora de los aparejadores. Por intervención provocada ha sido llamado al procedimiento D. Camilo, autor del proyecto de la instalación de calefacción y agua caliente sanitaria y fontanería. Se reclama la cantidad de 498.526,20 euros, tal como quedó fijada en el acto del juicio, al haberse efectuado reparaciones que se reputan de urgentes.

La demanda se sostiene en un relato fáctico según el cual, dicho sea en necesaria síntesis, la actora adquirió de GESTIONES Y PROMOCIONES VALLADOLID, S.L., la finca sita en la carretera N-VI, km. 49,8, parcelas NUM000 y NUM001 del polígono NUM002, en el término municipal de Guadarrama (Madrid), sobre la que se encuentra ubicado el llamado Sanatorio Hispano Americano, que había sido objeto de rehabilitación para su adaptación al uso de Sanatorio Geriátrico Asistencial, en virtud de escritura de compraventa otorgada con fecha 14 de agosto de 2009.

Desde el primer momento se vino detectando la existencia de una serie de defectos constructivos y vicios ocultos en las instalaciones de electricidad, fontanería, carpintería metálica y calefacción, entre otras, en el meritado edificio, que se ha visto obligada a ir reparando a su cargo, en la medida que los inquilinos del edificio, la mercantil CASTA SERVICIOS SOCIO SANITARIOS, S.L., actualmente CASTA GUADARRAMA, S.L., las han venido detectando y reclamando, que son debidas a una deficiente dirección y ejecución de obra.

El certificado final de obra se obtuvo el 26 de marzo de 2009. Los intervinientes en el proceso de rehabilitación del edificio lo dieron por finalizado no obstante los graves defectos constructivos de que adolecía.

Que se han reclamado tanto a la promotora-vendedora como al arquitecto, primero, y después a todos los intervinientes, los gastos y reparaciones efectuadas, así como que se acometieran las obras pendientes. Haciendo especial mención, por su gravedad y peligrosidad, en el desprendimiento de las piezas de la fachada del edificio, debido a las graves deficiencias constructivas y de dirección de obra; extremo reconocido por la arquitecta codemandada Dña. Josefa en informe emitido con fecha 5 de abril de 2010. Aporta informe técnico emitido por el Arquitecto D. Juan Miguel, de fecha 15 de marzo de 2010, en el que se concluye que el aplacado de la fachada es un defecto de ejecución de obra al no haberse anclado adecuadamente el aplacado a la fachada (mala praxis del constructor y dirección de obra). Así como facturas abonadas a la empresa BARCELO VERTICAL S.L.U., por la reparación del aplacado, por un total de 114.459,94 euros.

A pesar de las numerosas obras de reparación efectuadas y/o presupuestadas hasta octubre de 2010, los vicios y defectos continuaron apareciendo, siendo en total la cantidad de las reparaciones efectuadas y abonadas por la actora hasta julio de 2011 la de 90.061,42 euros (IVA incluido) + 114.459,94 euros (IVA incluido) lo que hace un total de 204.512,13 euros, siendo la última factura abonada de fecha 8 de abril de 2011. Y al día de la fecha siguen existiendo importantísimos defectos y vicios en el edificio que precisan urgente reparación, según los nuevos informes de la arrendataria CASTA, de fecha 28.2.11, 17.6.11 y 9.9.11, que les ha enviado continuos requerimientos.

Aporta "Peritaje general de la rehabilitación del sanatorio "Hispano Americano" a Sanatorio Geriátrico Asistencial" del edificio indicado, elaborado por D. Juan Miguel, fechado el 16 de junio de 2011 y visado por el Colegio de Arquitectos de Madrid con fecha 17 de octubre de 2011, en el que se recogen los vicios y deficiencias observados (aplacado de fachada, descolgamiento de radiadores, desplome de canalones, humedades bajo forjados de cubiertas planas, remate de los aleros de cubiertas inclinadas que no se han ejecutado, humedades en aseos adaptados, pasamanos de madera descolgados, en carpinterías exteriores e interiores y en aparatos elevadores), y la valoración económica de las obras de arreglo y/o reposición realizadas o a realizar según el dictamen patológico realizado, valorándose los arreglos y/o reposición en 195.107,80 euros, los arreglos en el aplacado de fachada en 114.459,94 euros, y por las facturas por arreglos realizados con anterioridad 93.649,75 euros, cantidades en las que se incluye el IVA, más un presupuesto sobre dotación de las instalaciones generales necesarias para el uso geriátrico realizado sobre tales extremos por la empresa VICENTE Y RIVERO, S.A., por 80.770,09 euros, que más el IVA...

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