STSJ Navarra 41/2015, 4 de Febrero de 2015

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2015:254
Número de Recurso5/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución41/2015
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 41/2015

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA

MAGISTRADOS,

D. ANTONIO RUBIO PEREZ

DÑA. Mª JESUS AZCONA LABIANO

En Pamplona/Iruña, a cuatro de febrero de dos mil quince.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso nº 5/2014 promovido contra Orden Foral 395/2013 de 29 de octubre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente, y Administración Local que desestima el recurso de alzada interpuesto frente a resolución 402E/2013, de 19 de septiembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se sanciona al recurrente por infracciones muy graves del artículo 75.1a) 75.2b) de la L.F. 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la Protección Ambiental, y frente a la desestimación de la suspensión de la medida cautelar . Siendo en ello partes: como recurrente, DECORADOS ARTISTICOS ESPAÑOLES SL representado por el Procurador

D. JOAQUÍN TABERNA CARVAJAL y dirigido por el Letrado D. MANUEL C MACUA POLA; y, como demandado, el DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACION LOCAL, representado y defendido por el LETRADO DE LA COMUNIDAD FORAL NAVARRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito presentado el 17 de marzo de 2014, se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en suplica, de que " se dicte sentencia por la que, estimando el presente Recurso, se anule por infracción del Ordenamiento Jurídico la referida Orden Foral, dejando sin valor ni efecto alguno la sanción impuesta a mi representada, por importe de 120.000'00 #, así como el alzamiento de la suspensión de su actividad, paralizada en virtud de la referida resolución desde el 23 de Diciembre de 2013, con expresa imposición de las costas causadas a la Administración demandada."

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito presentado el 14 de mayo de 2014, se opuso a la demanda la Administración demandada.

TERCERO

Solicitado el recibimiento a prueba, se practicó con el resultado que en autos consta la propuesta y admitida; y, evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que tuvo lugar el pasado día 3...

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