STSJ Galicia 4107/2015, 8 de Julio de 2015

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4107/2015
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
Fecha08 Julio 2015

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853 (-FF-)

NIG: 36057 44 4 2013 0003649

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000747 /2014

Procedimiento origen: P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000748 /2013

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de VIGO

RECURRENTE/S D/ña TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Santiaga, Ascension, Covadonga, Filomena, Loreto, Paulina

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO

ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a ocho de Julio de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0000747/2014, formalizado por LETRADO DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 698/2013, dictada por el XDO. DO SOCIAL N. 1 de VIGO en el procedimiento P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000748/2013, seguidos a instancia de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a Santiaga, Ascension, Covadonga, Filomena, Loreto

, y Paulina, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL presentó demanda contra Santiaga, Ascension, Covadonga, Filomena, Loreto y Paulina, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 698/2013, de fecha veintiocho de Noviembre de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "Primero.- Con fecha 28 de mayo de este año tuvo entrada en este Juzgado comunicación remitida por la Tesorería General de la Seguridad Social para que se determine si entre las mujeres que luego se dirá y la empresa Exclusivas Torrado Montero, S.L. existe o no relación laboral. Segundo.- El día 20 de marzo de este año, previa visita efectuada el día 15 de enero anterior a las 23' 12 horas al local de la empresa Exclusivas Torrado Montero, S.L. sito en la Avenida de Camposancos, número 1, bajo, en Vigo, con denominación comercial "Night Club Deluxe", acompañados por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía pertenecientes a la Brigada de Extranjería y Documentación, 2 subinspectoras de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantaron acta de infracción por falta de alta y cotización a la Seguridad Social de las siguientes personas: Dª. Covadonga, polaca con documento de identidad NUM000, conocida como Melisa en el local. Dª. Paulina, con tarjeta de residencia NUM001, que llevaba en el establecimiento un mes según refería. Dª. Santiaga, austríaca con documento de identidad NUM002, que llevaba en el establecimiento un mes según refería y era conocida como Santiaga . Dª. Filomena . paraguaya con documento de identidad NUM003 que manifestó trabajar desde Navidades y conocida en el local como Custodia . Dª. Loreto, brasileña conocida como Belinda, que manifestó que había empezado el día 14 de enero y con tarjeta de residencia NUM004 . Tercero.- Las mujeres citadas en el hecho anterior cumplían un horario, disponían de taquillas en el local e incitaban a los clientes a tomar consumiciones en la parte baja del local, consumiciones de las que ellas se llevaban un porcentaje y otro la titularidad del local. El local disponía en la planta superior de 14 habitaciones en las que las referidas mujeres ejercían la prostitución cuando los clientes del local subían con ellas a tal fin, facilitándoles la empresa un kit higiénico (sábanas, preservativos, etc.) por un precio de 10 euros."

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que acogiendo de oficio la excepción de falta de legitimación activa y sin entrar en el fondo del asunto, debo desestimar y desestimo en la instancia la demanda de oficio interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social contra la empresa Exclusivas Torrado Montero. S.L. a fin de que se determine si existe o no relación laboral entre la misma y las siguientes mujeres: Dª Covadonga . Dª. Paulina, Dª. Santiaga . Dª. Filomena y Dª. Loreto ."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte DOÑA Ascension, en calidad de administradora de la sociedad EXCLUSIVAS TORRADO MONTERO S.L."

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social número uno de Vigo de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha CATORCE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día TRES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS...

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